(…) la actuación del doctor Eduardo Benjamín Colindres como Magistrado Propietario del
TSE ha causado malestar general en los organismos de la Administración Pública
obstaculizando la buena marcha del mismo no respondiendo a las necesidades y exigencias
que la dinámica administrativa demanda de ese Tribunal, agravándose al carecer de
instrucción notoria y honradez en el desempeño de su cargo, al parcializar su actuación en su
calidad de juzgador, en la problemática interna del partido demócrata cristiano y no
excusarse de conocer en la referida crisis; perdiendo la objetividad e imparcialidad que
imponía su investidura10.
21.
El referido decreto fue adoptado bajo la vicepresidencia de un diputado que habría sido
miembro del PDC11.
2.
La restitución del señor Colindres como magistrado del Tribunal Supremo Electoral
22.
El 2 de diciembre de 1996 el señor Colindres interpuso un recurso de amparo (44-C-96) ante
la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en contra del Decreto 89912. El 4 de noviembre de
1997 la Sala restituyó al señor Colindres como magistrado del TSE. La Sala reconoció que “la normativa
constitucional e infra constitucional no establecen procedimiento expreso para la destitución de los
magistrados” del TSE13. Sin embargo, indicó que si la Asamblea Legislativa era el órgano competente para
nombrar a los magistrados del TSE “puede perfectamente interpretarse –en atención al origen político del
nombramiento” que era también competente para decidir sobre su destitución. Sin embargo, para ello debía
garantizar el “derecho de audiencia”14. La Sala ordenó reinstalar al magistrado Colindres en vista de que en el
proceso no tuvo tal garantía15.
3.
La segunda destitución del señor Colindres el 2 de julio de 1998
23.
El 17 de marzo de 1998 diputados del PDC16 presentaron a la Asamblea Legislativa una
“solicitud de moción” para cesar al magistrado Colindres17, teniendo en cuenta los motivos establecidos en el
Decreto 899, reiterando que había parcializado su actuación en su calidad de juzgador en la problemática
10 Anexo 5. Decreto Legislativo 899, del 22 de Noviembre de 1996, punto V. Anexo número 3 a la Petición Inicial del
Peticionario de 4 de mayo de 2000 (y recibida en la misma fecha).
11 A ese respecto, el diputado Arístides Alvarenga, quien firmó en el Decreto 899 se identifica como miembro del PDC. Anexo 6.
Acta de la sesión plenaria del 30 de abril de 1998, en lo relativo a la discusión de la pieza n. 4-A, págs. 78 y 85. Anexo al escrito de los
peticionarios recibido el 22 de febrero de 2002.
12 Anexo 7. Escrito del señor Eduardo Benjamín Colindres dirigido a la Comisión Política del 26 de mayo de 1998, anexo en la
certificación extendida por la Asamblea Legislativa de los expedientes 1157-4-98 y 1058-3-98, pág. 2v. Anexo 9 a la Petición Inicial del
Peticionario de 4 de mayo de 2000 (y recibida en la misma fecha). Anexo 8. Demanda de Amparo n. 44-C-96, del 2 de diciembre de 1996.
Anexo 4 a la Petición Inicial del Peticionario de 4 de mayo de 2000 (y recibida en la misma fecha).
13 Anexo 9. Resolución que declara lugar a la demanda de amparo 44-C-96, pág. 27. Anexo 5 a la Petición Inicial del
Peticionario de 4 de mayo de 2000 (y recibida en la misma fecha).
14 Anexo 9. Resolución que declara lugar a la demanda de amparo 44-C-96, pág. 26. Anexo 5 a la Petición Inicial del
Peticionario de 4 de mayo de 2000 (y recibida en la misma fecha).
15 Anexo 9. Resolución que declara lugar a la demanda de amparo 44-C-96, pág. 33. Anexo 5 a la Petición Inicial del
Peticionario de 4 de mayo de 2000 (y recibida en la misma fecha).
16 La solicitud de destitución fue de los siguientes diputados: Ronal Umaña, Alfonso Aristides Alvarenga, José Ricardo Vega,
René Napoleón Aguiluz, Ernesto Santiago Varela y Rubén Armando Dario Escalante. Anexo 10. Decreto Legislativo n. 348, del 2 de julio de
1998, pág. 163, anexo en la certificación extendida por la Asamblea Legislativa de los expedientes 1157-4-98 y 1058-3-98, anexo 9 a la
Petición Inicial del Peticionario de 4 de mayo de 2000 (y recibida en la misma fecha).
17 Anexo 11. Moción para destituir al señor Colindres, pág. 119, anexo en la certificación extendida por la Asamblea Legislativa
de los expedientes 1157-4-98 y 1058-3-98, anexo 9 a la Petición Inicial del Peticionario de 4 de mayo de 2000 (y recibida en la misma
fecha).