113.
En particular, el 12 y 13 de febrero de 2010 se recibieron declaraciones de María de Jesús
Alvarado y Juana Bustamante quienes informaron lo relativo a la llamada presuntamente de Nitza Paola
Alvarado Espinoza el 3 de febrero de 2010, pidiendo auxilio111. A partir de las declaraciones recibidas, el
Estado informó, sin precisar fechas de realización de las diligencias informadas, que agentes de la PGJE,
solicitaron a la compañía TELMEX el listado de llamadas recibidas en el teléfono 6366980101 el día 3 de
febrero de 2010, solicitud de la cual se obtuvo respuesta por parte de dicha compañía112. Dicho informe
confirmó los datos proporcionados por la señora Juana Bustamante, respecto del número de teléfono y la
hora en que fue recibida la llamada. Según la narración del Estado, a partir de la averiguación realizada en la
página de COFETEL, se obtuvo que el número del cual se recibió la llamada pertenecía a la compañía Pegaso, a
la cual se le envió comunicación solicitando información sobre el propietario de la línea. El Estado señaló que
no era posible brindar la información requerida toda vez que la línea fue adquirida en plan tarifario
prepago113. También se solicitó el comportamiento de la línea telefónica, para establecer líneas de teléfono
asociadas en aras de obtener la identidad del titular. También se solicitó el análisis de dicha información a la
Fiscalía Especializada en Control, Análisis y Evaluación114.
114.
A la fecha la Comisión no cuenta con mayor información sobre los resultados obtenidos del
“procesamiento” de la información en el marco de la averiguación previa 124/2009.
115.
Por otra parte, el 15 de febrero de 2010 María de Jesús Alvarado presentó ante la Unidad
Especial de Investigación de Personas Ausentes y Extraviadas de la PGJE, Pedimento Original No.
070738427015124115, mediante el cual solicitó la devolución del vehículo de su propiedad, el cual se
encontraba depositado en el patio de la Subprocuraduría de Justicia Zona Norte116.
116.
En la misma fecha, la Unidad Especial de Investigación de Personas Ausentes y Extraviadas
de la PGJE, realizó acuerdo de devolución del vehículo en el cual se transportaban Nitza Paola Alvarado
Espinoza y José Ángel Alvarado Herrera117. Esto dio lugar a que el 16 de febrero de 2010 la Unidad Especial
de Investigación de Personas Ausentes y Extraviadas de la PGJE emitiera oficio 246/2010 de devolución del
averiguación previa 124/2009, 28 de mayo de 2012, página 516 del pdf. (Anexo al escrito de observaciones sobre el fondo de los
peticionarios recibido el 3 de noviembre de 2014).
111 Anexo IX. CIDH documento de solicitud medidas provisionales. Anexo 6 - Expediente 124/2009, Denuncia rendida por
Juana Bustamante el 13 de febrero 2010 ante PGJE; y Anexo IX. CIDH documento de solicitud medidas provisionales. Anexo 6 Expediente 124/2009, Denuncia rendida por María de Jesús Alvarado el 12 de febrero 2010 ante PGJE; Anexo II. Expediente judicial.
Tomo XVI. Declaración de testigo rendida ante la Procuraduría General de Justicia de Chihuahua el 12 de febrero de 2010, página 79 del
pdf. (Anexo al escrito de observaciones sobre el fondo de los peticionarios recibido el 3 de noviembre de 2014); Anexo II. Expediente
judicial. Tomo XVI. Declaración de testigo rendida ante la Procuraduría General de Justicia de Chihuahua el 13 de febrero de 2010, página
79 del pdf. (Anexo al escrito de observaciones sobre el fondo de los peticionarios recibido el 3 de noviembre de 2014).
112 Anexo II. Expediente judicial. Tomo XVI. Respuesta de Teléfonos de México a oficio 424/2010 el 9 de febrero de 2010,
página 72 del pdf. (Anexo al escrito de observaciones sobre el fondo de los peticionarios recibido el 3 de noviembre de 2014).
113 Anexo VIII. Escrito del Estado enviado dentro del trámite de MP 10-10 ante la Corte IDH el 21 de mayo 2010. Esto
corresponde a lo afirmado por la compañía Pegaso Comunicaciones en respuesta al oficio 1123/2010. Ver Anexo II. Expediente judicial.
Tomo XVI. Respuesta de la Compañía Pegaso Telecomunicaciones al oficio 1123/2010 de 5 de enero de 2011, página 428 del pdf. (Anexo
al escrito de observaciones sobre el fondo de los peticionarios recibido el 3 de noviembre de 2014).
114 Ver Anexo II. Expediente judicial. Tomo XVI. Oficio de Agente del Ministerio Público adscrito a la Unidad Especial de
Investigación de Personas Ausentes o Extraviadas a la Fiscal Especializada en Control Análisis y Evaluación de 15 de diciembre de 2010,
página 422 del pdf. (Anexo al escrito de observaciones sobre el fondo de los peticionarios recibido el 3 de noviembre de 2014).
115 Anexo II. Expediente judicial. Tomo XVI.
Pedimento 070738427015124, página 422 del pdf. (Anexo al escrito de
observaciones sobre el fondo de los peticionarios recibido el 3 de noviembre de 2014).
116 Ver Anexo II. Expediente judicial. Tomo XVI. Solicitud de devolución de vehículo de Maria de Jesús Alvarado Espinoza ante
Agente del Ministerio Público Adscrito a la Unidad Especial de Investigación de personas ausentes y extraviadas de15 de febrero de
2010, página 84 del pdf. (Anexo al escrito de observaciones sobre el fondo de los peticionarios recibido el 3 de noviembre de 2014).
117 Anexo II. Expediente judicial. Tomo XVI. Acuerdo de devolución de vehículo por la Procuraduría General de Justicia- Unidad
Especial de Investigación de personas ausentes y extraviadas de 15 de febrero de 2010, página 85 del pdf. (Anexo al escrito de
observaciones sobre el fondo de los peticionarios recibido el 3 de noviembre de 2014).
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