8
13.
Por Resolución de 27 de mayo de 1998 el Presidente de la Corte (en adelante
“el Presidente”) ordenó la adopción de las medidas solicitadas en el asunto James y
otros y el 14 de junio del mismo año, la Corte ratificó dicha Resolución.
14.
El 29 de agosto de 1999 la Corte amplió las medidas provisionales del asunto
James y otros a fin de incluir a Darrin Roger Thomas, Haniff Hilaire y Denny
Baptiste5.
15.
El 3 de mayo de 1999 la Comisión solicitó a la Corte la ampliación de las
medias provisionales en el asunto James y otros a efectos de incluir dentro de las
medidas de protección a 20 personas adicionales, a saber: Wilberforce Bernard,
Naresh Boodram, Joey Ramiah, Clarence Charles, Phillip Chotalal, George
Constantine, Rodney Davis, Natasha De Leon, Mervyn Edmund, Alfred Frederick,
Nigel Mark, Wayne Matthews, Steve Mungroo, Vijay Mungroo, Wilson Prince, Martin
Reid, Noel Seepersad, Gangadeen Tahaloo, Keiron Thomas y Samuel Winchester.
16.
El 11 de mayo de 1999 el Presidente de la Corte ordenó al Estado, inter alia,
que tomara todas las medidas necesarias para preservar las vidas de las supuestas
víctimas (supra 15), a fin de que la Corte pudiera examinar la pertinencia del pedido
de ampliación presentado por la Comisión. El 25 de mayo de 1999 el pleno de la
Corte ratificó la Resolución del Presidente de 11 de mayo de 1999.
17.
Desde esa fecha, el Estado ha presentado los informes relevantes acerca de la
situación de las personas protegidas y la Comisión ha enviado sus observaciones a
dichos informes del Estado.
V
PROCEDIMIENTO ANTE LA CORTE
18.
El 22 de febrero de 2000 la Comisión Interamericana interpuso su demanda
en los siguientes términos:
[L]a Comisión Interamericana de Derechos Humanos solicita respetuosamente
a la Honorable Corte Interamericana de Derechos Humanos que declare que el
Estado ha violado la Convención, disponga la reparaciones correspondientes y
determine las costas y gastos que deben pagarse a los representantes de las
víctimas.
A.
Declaraciones de Violaciones
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos solicita
respetuosamente a la Honorable Corte Interamericana de Derechos Humanos
que:
Dictamine que la República de Trinidad y Tobago es responsable de:
1.
En los casos 11.787 (George Constantine), 11.814 (Wenceslaus
James), 11.840 (Denny Baptiste), 11.851 (Clarence Charles), 11.853 (Keiron
Thomas), 11.855 (Anthony Garcia), 12.005 (Wilson Prince), 12.021 (Darrin
Roger Thomas), 12.042 (Mervyn Edmund), 12.043 (Samuel Winchester),
12.052 (Martin Reid), 12.072 (Rodney Davis), 12.073 (Gangadeen Tahaloo),
12.075 (Noel Seepersad), 12.076 (Wayne Matthews), 12.082 (Alfred
5
El señor Haniff Hilaire no se encuentra incluido en la demanda del presente caso.