Anzorreguy180. Como resultado de dichas entrevistas, la Sra. Riva Aramayo informó a Galeano que Telleldin “le mencionó que quienes recibieron la camioneta eran policías de la Provincia de Buenos Aires que conocía, cuyos nombres se reservaba” 181 . Asimismo, Riva Aramayo le transmitió a Galeano que Telleldin “condicionó su cooperación al cumplimiento previo de determinadas exigencias que no precisó”182. 195. Según dieron por probado los tribunales orales federales 3 y 2, las acciones de Vergéz, Romero y Riva Aramayo significaron una “actividad informal y subrepticia del Estado a fin de obtener la declaración de Carlos Telleldin” 183 . La nueva declaración indagatoria se terminó celebrando el 5 de julio de 1996 y fue en esa oportunidad en que Telleldin involucró por primera vez en el atentado a efectivos policiales pertenecientes a las brigadas de Lanús y Vicente López de la Policía de la Provincia de Buenos Aires 184. En palabras del TOF 3, la declaración de Telleldin “estuvo precedida de un arquitectónico armado, consentido y guiado por el juez federal Galeano, del que no fue ajena la camarista Riva Aramayo, quienes eran, precisamente, los que debían velar para que ese tipo de maniobras ilícitas nunca sucedieran” 185 (ver supra párr. 61) - Respecto al desembolso de una suma de dinero a Carlos Telleldin proveniente de los fondos reservados de la Secretaria de Inteligencia del Estado 196. En la sentencia dictada por el TOF 3 en octubre de 2004 se consideró acreditado que el entonces juez Galeano mantuvo dos reuniones informales con Carlos Telleldin en su despacho oficial durante los días 10 de abril y 1 de julio de 1996. Ambos encuentros fueron grabados en video por medio de una cámara oculta colocada por el juez dentro de su propia oficina. El TOF 3 advirtió que en el video correspondiente a la reunión del 1 de julio, “puede verse al Dr. Galeano conversando con Telleldin de manera amena y distendida” 186 y que “se abordaron diversos temas que eran materia de investigación en la causa y acerca de los cuales el procesado, en oportunidad de ejercer su defensa material, aun no se había pronunciado”187. 197. Según pudo reconstruir el TOF 3, durante el intercambio entre el juez Galeano y Telleldin, el magistrado “bajo el disfraz de una supuesta compra de derechos de autor de un libro […] intenta acordar con el imputado una declaración a cambio de una suma de dinero, como así también la forma de pago” 188. Adicionalmente, de la cinta se desprende que el juez Galeano le aseguró a Telleldin que la persona interesada en adquirir el libro necesitaba saber si este “podía contestar determinados puntos, aunque fuese por sí o por no”, a lo que Telleldin respondió que lo que quería era que el dinero le fuera depositado a su esposa en una cuenta de banco 189. 198. A partir de las declaraciones testimoniales prestadas por diversas autoridades y agentes de la SIDE en el juicio oral celebrado ante el TOF 3 se estableció que Carlos Telleldin, a través de su pareja, recibió la suma de 400.000 dólares provenientes de fondos reservados confiados a la administración de la propia Secretaria de Inteligencia del Estado. En efecto, el entonces Secretario de Inteligencia del Estado, Hugo Anzorreguy, declaró ante el TOF 3 que “a fines de mayo de 1996 el Dr. Galeano concurrió a su despacho, comentándole que la causa estaba Anexo 12. Sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 2. Pág. 590. Anexo 2 a la comunicación de la parte peticionaria de fecha 11 de noviembre de 2019. 181 Anexo 2. Sentencia del TOF 3. Capítulo VIII.E. Págs. 3039 a 3040. Anexo 1 a la comunicación de la parte peticionaria de fecha 11 de noviembre de 2019 182 Anexo 2. Sentencia del TOF 3. Capítulo X.C. Pág. 4212. Anexo 1 a la comunicación de la parte peticionaria de fecha 11 de noviembre de 2019; Anexo 12 Sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 2. Pág. 590. Anexo 2 a la comunicación de la parte peticionaria de fecha 11 de noviembre de 2019, pág. 677. 183 Anexo 2 Sentencia del TOF 3. Capítulo VIII.E. Pág. 3036. Anexo 1 a la comunicación de la parte peticionaria de fecha 11 de noviembre de 2019 184 Ver infra parr 138. 185 Anexo 2. Sentencia del TOF 3. Capítulo VIII.E. Pág. 3060 a 3061. Anexo 1 a la comunicación de la parte peticionaria de fecha 11 de noviembre de 2019. 186 Anexo 2. Sentencia del TOF 3. Capítulo VIII.G. Pág. 3096. Anexo 1 a la comunicación de la parte peticionaria de fecha 11 de noviembre de 2019. 187 Anexo 2. Sentencia del TOF 3. Capítulo VIII.G. Pág. 3096 y 3097. Anexo 1 a la comunicación de la parte peticionaria de fecha 11 de noviembre de 2019. 188 Anexo 2. Sentencia del TOF 3. Título II. Capítulo II. Pág. 4746. Anexo 1 a la comunicación de la parte peticionaria de fecha 11 de noviembre de 2019. 189 Anexo 2. Sentencia del TOF 3. Capítulo VIII.G.. Pág.3099. Anexo 1 a la comunicación de la parte peticionaria de fecha 11 de noviembre de 2019. 180 38

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