5 Comisión enfatizó que “las medidas provisionales” constituyen una “medida indispensable para preservar la existencia misma de [las] cuatro comunidades”; c. “los Ngöbes de [dichas] comunidades […] sostienen que las tierras afectadas por la represa forman parte de su territorio ancestral[, donde] desde tiempos inmemorables caza[n] y pesca[n]”. Agregan que desde 1959 tienen asentamientos poblacionales en el área [y que] a pesar de haber realizado una serie de gestiones ante el Estado, éste no ha titulado en su favor dichas tierras”. La Comisión alegó que existieron diversas irregularidades en los estudios de impacto ambiental y que “el Estado otorgó la concesión para construir la represa sin consultar a las comunidades indígenas [presuntamente] afectadas”; d. en noviembre de 2007, “los Ngöbe se [habrían opuesto] en forma pacífica al proyecto” pero “habrían sido reprimidos por la policía”. Además, “algunas casas habrían sido derrumbadas con el apoyo de la policía”; e. se habrían producido amenazas de muerte “contra los dirigentes de las comunidades y contra aquellas personas que ha[brían] destacado por su actitud firme en contra de la presa y la negociación con la empresa”, las cuales no se habrían investigado adecuadamente; f. el 3 de enero de 2008 habrían reprimido una manifestación de los Ngöbe utilizando gases lacrimógenos y otro tipo de fuerza y, en ese contexto, “cincuenta manifestantes [habrían sido] detenidos, incluyendo tres menores de edad”; g. los días 3, 4 y 5 sitiada por efectivos comunidad por medio “grave riesgo de sufrir de julio de 2009 la Comunidad de Charco La Pava “habría sido de seguridad, quienes habrían amenazado con desalojar la de la fuerza” y las comunidades afectadas se encontrarían en una represión violenta en cualquier momento”; h. “la represa Chan-75 inundaría las cuatro comunidades”, las cuales “tendrían que ser todas trasladadas de sus asentamientos actuales”. La Comisión agregó que el Estado “ha avanzado a pasos acelerados con la construcción e inundación”; i. desde febrero de 2008 las comunidades de Charco La Pava y Valle del Rey habrían experimentado molestias por los ruidos del trabajo de construcción y por la detonación de explosivos, que en algunos momentos habría sido durante las 24 horas del día. Se alega un grave impacto psicológico por este tipo de explosiones, que generarían una situación de mucha presión para las comunidades. La Comisión agregó que familias Ngöbe “hab[ría]n reportado que debido al polvo generado por la maquinaria de construcción a su alrededor, varios niños habrían comenzado a sufrir de frecuentes e intensas enfermedades respiratorias”, “vómitos y diarreas” y que como consecuencia de las explosiones “el río esta[ría] siendo contaminado” y que “la presencia de desechos de combustible y aceites de motores” generaría “contaminación de los peces que es la base de su nutrición” y “cualquier forma de conseguir alimentación (caza, pesca o agricultura)”;. j. las comunidades, especialmente la de Charco La Pava, necesitarían reubicarse urgentemente ante las condiciones de vida insostenibles que padecen ya que “viven rodead[a]s por las obras de construcción”; “el paso de personas y vehículos, sean o no de las comunidades, habría sido k. restringido tanto por personal de la empresa AES” como “por la Policía, que en ocasiones apoyaría a los funcionarios de la empresa en la imposición de estas limitaciones”. Según la Comisión, las restricciones al tránsito habrían consistido en “prohibiciones abiertas de pasar desde y hacia las comunidades, en la exigencia de

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