5 se dictan “medidas de atención, asistencia, y reparación integral a las víctimas del conflicto armada interno”, y su Decreto Ley 4635 de 2011, mediante el cual se prevé la “asistencia, atención, reparación integral y restitución de tierras a las víctimas pertenecientes a comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras”. Asimismo, reiteró que las instancias gubernamentales responsables de garantizar la seguridad e implementar las medidas de protección a favor los beneficiarios son la Decima Séptima Brigada del Ejército Nacional y el Departamento de Policía de Urabá, quienes poseen jurisdicción en la zona y brindan seguridad perimetral a las comunidades. Igualmente, destacó la labor del Programa de Protección liderado por el entonces “Ministerio del Interior y de Justicia”, actualmente el Ministerio del Interior, y el Comité de Riesgos y Evaluación de Riesgos (CRER), que de conformidad con el Decreto 1740 de 2010 era el ente encargado de recomendar las medidas de protección que considerara pertinentes en cada caso y su duración. Sin embargo, a partir del Decreto 4912 de 2011, es el Comité de Evaluación de Riesgo y Recomendación de Medidas (CERREM) de la Unidad Nacional de Protección, adscrita al Ministerio del Interior 4, el encargado de evaluar e implementar las medidas a favor de los beneficiarios. Entre otras entidades y programas asignadas con la implementación de medidas de protección, el Estado resaltó a la Unidad de Protección, creada mediante Decreto 4065 de 2011, así como el Programa Presidencial de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. 7. Asimismo, informó que en febrero y octubre de 2011 sesionó el entonces CRER y formuló medidas de protección individual a favor de varios beneficiarios de las medidas provisionales, entre ellos, Manuel Denis Blandón, Uriel Tuberquia y Luis Alberto Rentería. Además, resaltó que se implementaron otras medidas de carácter individual a favor de Ligia María Chaverra, Enrique Petro Hernández, y otros beneficiarios de las comunidades de Jiguamiandó y Curvaradó 5 que habitan en las zonas humanitarias y de biodiversidad objeto de las presentes medidas provisionales. El Estado señaló que entre las medidas implementadas a favor de los beneficiarios 6 se encuentra el apoyo de transporte, teléfonos celulares y satelitales, tiquetes aéreos nacionales, motocicletas, botes con motores fuera de borda, chalecos anti balas y un esquema de protección colectivo. Dichas medidas se han implementado con un enfoque diferencial teniendo en cuenta la situación geográfica de la zona. El Estado también señaló que como medidas de naturaleza colectiva se han entregado 7 botes con motor fuera de borda, 70 redes de comunicación celular y 3 teléfonos satelitales. 8. Por otro lado, Colombia manifestó que en el marco de las reuniones de seguimiento 4 El Estado señaló que actualmente el ente encargado de la “formulación, adopción, dirección, coordinación y ejecución de la política pública, planes, programas y proyectos en materia de derechos humanos” es el Ministerio del Interior a través de las facultades otorgadas por el Decreto 2893 de 2011. 5 Luis Manuel Barba, Benjamín Sierra, Efrén Romaña Cuesta, Manuel Esteban Tapias, Adriana María Tuberquia Tuberquia, Franklin Yáñez Licona, Nevis Antonio Yáñez Ortiz, Pedro Cortes Fabra, Sergio Emerito Díaz Gonzalez, Sofanor Enrique Garavito Mercado, Liria Rosa García Giraldo, Luis Ovidio Rentería Robledo, Alfonso Salla Lara, Rafael Enrique Truaquero Tuiran, Argemiro Bailarin Bailarin, Robinson Blandón Córdoba, Emilio Cabezas Correa, Andrés Carmona Luna, Eladio Cordero Hernández, Regulo Córdoba Panneso, Segundo Cuadrado Ávila, Luis Cuñapa, Javier Antonio Delgado, Jesús María Denis Rentería, Luis Vicencio Díaz, Miguel Díaz Acosta, Guillermo Díaz Tapias, Eduardo Enrique Galván García, Meraldo López, Zenaida Edith Martínez Martínez, Belisario José Marzan Montaño, Gonzalo Mena Murillo, Pedro Negrete Pérez, Hernando Olier Pautt, Overto Osorio Beltrán, Miguel Enrique Páez Petro, Raúl Palacio Salas, Pedro Pablo Palacios Cuesta, Emilson Palacios Moreno, Luis Abraham Peñalosa Mosquera, Jorge Andrés Quinto Córdoba, Eduardo Rentería Mena, Heber Alberto Rentería Mosquera, Hernando Rentería Mosquera, Emir Eliecer Romaña Palomeque, Jaime Romaña Salinas, Luis Julio Sepúlveda, Euclides de Jesús Trejos, Ariel Urango Correa, Dawinson Valoyes Moreno, Germán Marmolejo, Robinson Robledo Córdoba, Adam Quinto, Jaime Beitar, Danilo Murillo Córdoba, Omar Gamel Rentería, Inelsa Baldón, Alberto Vitalino Mosquera Zuñiga, Yasser Hold Mosquera Rentería, Eleume Narciso Ramos Ramos, José de las Mercedes Gonzales Bolaños, Victor Pitalua Urango, Mario Manuel Castaño Bravo, Luis Fernando Murillo Areiza, Fredy Benitez Pestaña, Freddy Manchego Urango, José Miguel Padilla Salgado y Emilio Enrique Cabezas Martínez. 6 Según el Estado, la Unidad Nacional de Protección ha implementado medidas individuales a favor de 73 beneficiarios de las cuencas de los ríos Jiguamiandó y Curvaradó.

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