21
de 2005, el anterior Juzgado ordenó el arresto en contra del doctor Luis Carvajal Freire por el delito
Cuasidelito de Homicidio75. El 6 de febrero de 2006, el Primer Juzgado Civil declaró “rebelde” a Luis
Carvajal Freire76. El 23 de mayo de 2007, el Primer Juzgado Civil comprobó que el doctor Luis
Carvajal Freire continuaba trabajando en el Hospital Sótero del Río 77.
65. El 19 de julio de 2005, el Primer Juzgado Civil remitió la causa al Servicio Médico Legal para
que éste obtuviera información “respecto de la responsabilidad médica que habría cabido a los
facultativos tratantes”78. El 15 de septiembre de 2005, el Primer Juzgado Civil remitió la causa
nuevamente a la Corte de Apelaciones de San Miguel79, pero ésta devolvió la causa al Primer
Juzgado Civil el 21 de noviembre de 2005 y declaró que “la señora Juez del Primer Juzgado Civil
[…] prestará atención preferente a la tramitación de la mencionada causa, dando cuenta a es[a]
Corte en forma quincenal de su avance” 80.
66. El 7 de octubre de 2005, el señor Vinicio Poblete Tapia presentó otra querella ante el Primer
Juzgado Civil, la cual fue tramitada bajo el No. de Rol 94.393-M, en contra de quienes resultaren
responsables por el delito de homicidio culposo cometido en perjuicio del señor Poblete Vilches y
solicitó, entre otras, las siguientes diligencias: i) citar a declarar a los doctores Garrido [sic],
Ximena Echeverría Pezoa, María Chacón Fernández, Anuch [sic], Lorna Luco, Gonzálo Menchaca, y
Luis Carvajal Freire; ii) oficiar al Hospital Sótero del Río a fin de que este enviara la ficha médica
completa de Vinicio Antonio Poblete Vilches; iii) decretar la “exhumación del cadáver” del señor
Poblete Vilches, “con el fin de realizar una autopsia que determine la causa real de su muerte”, y v)
que se acumulara esa segunda querella a la anterior, es decir, la tramitada con el Rol No. 75.821M, y cuya acumulación solicitada por el denunciante fue concedida en auto de misma fecha, “una
vez que la causa rol No. 75.821 se recepci[onara] de la I. Corte de Apelaciones de San Miguel”, lo
cual sucedió el día 7 de diciembre de 2005 81.
67. Entre el 3 de marzo de 2006 y el 15 de junio de 2007, durante el trámite de la querella
acumulada ante el Primer Juzgado Civil de Puente Alto, las siguientes personas declararon ante el
Primer Juzgado Civil de Puente Alto: Marcelo Adán Garrido; María Carolina Chacón Fernández;
Vinicio Poblete Tapia; Cesia Leila Poblete Tapia; Lili Marlene Rojas Hernández; Jorge Alejandro
Fuentes Poblete; y Alejandra Marcela Fuentes Poblete 82.
75
Cfr. Orden de arresto del Décimo Noveno Juzgado del Crimen del 08 de enero del 2005 (expediente de prueba,
anexo 36 del Informe de Fondo, f. 173).
76
Cfr. Auto del Primer Juzgado Civil de Puente Alto el 06 de febrero de 2006 (expediente de prueba, anexo 37 del
Informe de Fondo, f. 176).
77
Cfr. Auto del Primer Juzgado Civil de Puente Alto el 23 de mayo de 2007 (expediente de prueba, anexo 61 del
Informe de Fondo, f. 239).
78
Cfr. Oficio No. 1363 del Primer Juzgado Civil de Puente Alto de 19 de julio de 2005 (expediente de prueba, anexo
38 del Informe de Fondo, f. 178).
79
Cfr. Auto del Primer Juzgado Civil de Puente Alto el 15 de septiembre de 2005 (expediente de prueba, anexo 40 del
Informe de Fondo, f. 182).
80
Cfr. Oficio No. 2809-05 del Primer Juzgado Civil de Puente Alto el 7 de diciembre de 2005 (expediente de prueba,
anexo 41 del Informe de Fondo, f. 184).
81
Cfr. Querella presentada por Vinicio Marco Antonio Poblete Tapia ante el Primer Juzgado Civil de Puente Alto el 7 de
octubre de 2005 (expediente de prueba, anexo 7 del Informe de Fondo, ff. 42 y 43); Auto del Primer Juzgado Civil de
Puente Alto el 7 de octubre de 2005 (expediente de prueba, anexo 7 del Informe de Fondo, f. 44), y Oficio No. 2809-05 del
Primer Juzgado Civil de Puente Alto el 7 de diciembre de 2005(expediente de prueba, anexo 41 del Informe de Fondo, f.
184).
82
Cfr. Declaración ante el Primer Juzgado Civil de Puente Alto por Marcelo Adán Garrido Salvo el 3 de marzo de 2006
(expediente de prueba, anexo 2 del Informe de Fondo, f. 9); Declaración ante el Primer Juzgado Civil de Puente Alto por
María Carolina Chacón Fernández el 7 de marzo de 2006 (expediente de prueba, anexo 42 del Informe de Fondo, f. 186);
Declaración ante el Primer Juzgado Penal por Vinicio Marco Antonio Poblete el 6 de abril de 2006 (expediente de prueba,
anexo 4 del Informe de Fondo, ff. 17 a 22); Declaración ante el Primer Juzgado Civil de Puente Alto por Cesia Leila Siria
Poblete Tapia el 14 de septiembre de 2006 (expediente de prueba, anexo 3 del Informe de Fondo, f. 11); Declaración ante
el Primer Juzgado Civil de Puente Alto por Lili Marlene Rojas Hernández el 18 de octubre de 2006 (expediente de prueba,
anexo 53 del Informe de Fondo, f. 220); Declaración ante el Primer Juzgado Civil de Puente Alto por Jorge Alejandro Fuentes
Poblete el 12 de junio de 2007 (expediente de prueba, anexo 5 del Informe de Fondo, ff. 24 y 25), y Declaración ante el