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Antonio Gamarra Acosta103. En esa misma fecha solicitó la desestimación de las querellas
instauradas, ya que “de las circunstancias fácticas que supuestamente podrían incriminar a los
querellados, no constituye[ron] hechos punibles”104.
78. Por su parte, el 8 y 10 de febrero, respectivamente, Anuncio Martí y Juan Arrom presentaron
acusación contra los imputados y ofrecieron determinada prueba105. El 28 y 31 de marzo de 2003,
Anuncio Martí y Juan Arrom, se opusieron a la solicitud de sobreseimiento y solicitaron que se
practicaran algunas pruebas106.
79. El 14 de mayo de 2003 se llevó a cabo la audiencia preliminar107. Ese mismo día la Jueza a
cargo determinó que los fundamentos del requerimiento de sobreseimiento definitivo no eran
suficientes “debido a que la no participación de los imputados debe aparecer de manera evidente
y sin lugar a dudas”. Destacó que en el caso “existen diversos elementos probatorios que deben
ser debatidos y analizados en juicio oral y público”108. En consecuencia, ordenó que las actuaciones
se remitieran al Fiscal General para que acusara o ratificara la petición efectuada por los fiscales
que actuaron inicialmente, tal como lo disponía el Código Procesal Penal109.
80. El 27 de mayo de 2003, el Fiscal Adjunto, encargado del despacho de la Fiscalía General de
la Nación ratificó la solicitud de sobreseimiento presentada por los agentes fiscales a favor de
Antonio Gamarra, José David Schémbori y Javier Cazal, y consideró que era ajustada a derecho
la desestimación de la querella presentada contra Hugo Velázquez Moreno, Julio César Fanego
Arellano y Silvio Gustavo Ferreira Fernández110.
81. El 19 de junio de 2003, el abogado de Juan Arrom presentó una excepción de
inconstitucionalidad porque consideró que la aplicación del artículo 358 del Código Procesal Penal
en la causa era contraria a los derechos constitucionales de su defendido. El citado artículo dispone
que el Juez no podrá decretar apertura a juicio si no existe acusación fiscal111. El 19 de septiembre
de 2003, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia desestimó la excepción de
inconstitucionalidad, al considerar que el artículo 358 del Código Procesal Penal formaba parte de
una serie de disposiciones del sistema penal acusatorio de carácter mixto en el cual el Ministerio
Público tiene la función de acusar y el Juez de Garantías tiene la de asegurar la protección de los
derechos del imputado y la víctima, así como la de analizar las evidencias obtenidas en la
investigación112.
82. El 4 de noviembre de 2003, el Juez Penal decretó el sobreseimiento definitivo respecto de
Javier Cazal, Antonio Gamarra y José David Schémbori, y dispuso la extinción de la acción penal
en la causa. El Juez expuso que el artículo 358 del Código Procesal Penal establece que si el
Ministerio Público no ha acusado, el Juez solicitará que las actuaciones se remitan al Fiscal General
para que aquel acuse o ratifique lo dicho por el fiscal anterior; luego, si el Fiscal ratifica que no
Cfr. Solicitud de sobreseimiento del Ministerio Público de 8 de febrero de 2003 (expediente de prueba, folios
7512 y 7513).
104
Cfr. Solicitud de desestimación del Ministerio Público de 8 de febrero de 2003 (expediente de prueba, folio
7467).
105
Cfr. Escrito de Anuncio Martí Méndez de 8 de febrero de 2003 (expediente de prueba, folios 8208 a 8220),
Escrito de Juan Arrom Suhurt de 10 de febrero de 2003 (expediente de prueba, folios a 1204 a 1223).
106
Cfr. Escrito de Anuncio Martí de 28 de marzo de 2003 (expediente de prueba, folios 8244 a 8255), y Escrito
de Juan Arrom Suhurt de 31 de marzo de 2003 (expediente de prueba, folios 8256 a 8312).
107
Cfr. Acta de la audiencia preliminar de 14 de mayo de 2003 (expediente de prueba, folios 8333 a 6339).
108
Cfr. Resolución N° 68 de 14 de mayo de 2003 (expediente de prueba, folio 8340).
109
Cfr. Resolución N° 68 de 14 de mayo de 2003 (expediente de prueba, folio 8341).
110
Cfr. Dictamen de la Fiscalía General del Estado de 27 de mayo de 2003 (expediente de prueba, folios 8342 a
8369).
111
Cfr. Escrito de 19 de junio de 2003 (expediente de prueba, folios 634 a 644).
112
Cfr. Sentencia de la Corte Suprema de Justicia de 19 de septiembre de 2003 (expediente de prueba, folios
646 a 648).
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