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68. El 24 de enero de 2002, el Juzgado Penal resolvió no hacer lugar al pedido de Hábeas
Corpus. Señaló que “las circunstancia[s] de lo planteado […] no se ajusta a lo dispuesto en [la
Constitución] en atención a que del informe policial se desprende que [Anuncio Martí] no se
enc[ontraba] detenido en dependencias policiales”. Por lo que consideró que no se reunían los
presupuestos para una detención ilegal en su contra “teniendo en cuenta la existencia de una
orden de detención emanada de la [F]iscalía en su contra”83.
69. Por otra parte, la Comisión Interamericana dictó medidas cautelares el 6 de febrero de 2002
para “asegurar la vida e integridad física de Juan Francisco Arrom Suhurt y Anuncio Martí
Méndez”84.
B.2 Investigación penal
70. El 24 de enero de 2002 las hermanas de Anuncio Martí Méndez presentaron una denuncia
penal por la desaparición de Anuncio Martí junto con Juan Arrom desde el 17 de enero. Indicaron
que de acuerdo a los medios de prensa ese día había sido detenido por efectivos policiales y
conducido a dependencias del Departamento de Investigaciones de la Policía Nacional. Señalaron
que “otras versiones referían a que […] estaría detenido en una Estancia en Ybycuí, propiedad del
[entonces] Ministro del Interior”85. En la mañana del 30 de enero de 2002, a solicitud de las
hermanas de Anuncio Martí Méndez, el fiscal se constituyó en la casa del señor Martí Méndez para
realizar una inspección86.
71. Tras el hallazgo de las presuntas víctimas, el mismo 30 de enero se realizó una inspección
a la casa donde fueron encontrados Juan Arrom y Anuncio Martí87. Al día siguiente se realizó un
allanamiento de otra casa en Villa Elisa, dónde presuntamente habrían estado detenidas las
presuntas víctimas los primeros días88. El 2 de febrero de 2002 el fiscal remitió las evidencias
recolectadas en los mencionados allanamientos para realizarles análisis criminalístico89.
72. El 1 de febrero de 2002, Marta Ramona Martí amplió la denuncia penal indicando que
Anuncio Martí también fue víctima de tortura, por lo que solicitó la realización de varias diligencias
y anexó el informe médico realizado el 30 de enero90.
73. El 7 de febrero de 2002, el Ministerio Público imputó a los señores Saturnino Antonio
Gamarra Acosta y José David Schémbori Ocampos los delitos de privación de la libertad,
desaparición forzosa y tortura contra Juan Arrom y Anuncio Martí91. Posteriormente, el Ministerio
Público imputó al Jefe del Centro de Investigación Judicial del Ministerio Público, Javier Cazal
Elizeche por los mismos delitos92. El 14 de febrero de 2002 se ordenó la detención de Juan Carlos
Cfr. Sentencia Definitiva N° 1 de 24 de enero de 2002 (expediente de prueba, folio 510).
Cfr. Nota de la Comisión Interamericana de 6 de febrero de 2002 (expediente de prueba, folios 827 y 828).
85
Cfr. Denuncia de desaparición de Anuncio Martí presentada el 24 de enero de 2002 (expediente de prueba,
folios 4700 a 4703); Nota del Diario ABC, titulada “Hermanas de Martí recurren a fiscalía”, de 25 de enero de 2002
(expediente de prueba, folio 170), y Nota del Diario La Nación, titulada “Denuncia de desaparición forma parte del
plan”, de 25 de enero de 2002 (expediente de prueba, folio 176).
86
Cfr. Acta de constitución de 30 de enero de 2002 (expediente de prueba, folios 4707 a 4708).
87
Cfr. Actas de inspección de 30 de enero de 2002 (expediente de prueba, folios 5370 a 5373); Informe
criminalístico de 29 de enero de 2003 (expediente de prueba, folios 7269 a 7276), y Acta de procedimiento de 13 de
febrero de 2002 de evidencias levantadas el 30 y 31 de enero de 2002 (expediente de prueba, folio 7295).
88
Cfr. Acta de allanamiento de 31 de enero de 2002 (expediente de prueba, folios 4713 a 4714), e Informe de
la diligencia de allanamiento de 31 de enero de 2002 (expediente de prueba, folios 4728 y 4729).
89
Cfr. Nota del Agente Fiscal en lo Penal N° 25 de 2 de febrero 2002 (expediente de prueba, folio 4733).
90
Cfr. Ampliación de denuncia de 1 de febrero de 2002 (expediente de prueba, folios 4716 y 4717), e Informe
médico de 30 de enero de 2002 (expediente de prueba, folios 4718 y 4719).
91
Cfr. Acta de imputación a Antonio Gamarra y José David Schémbori de 7 de febrero de 2002 (expediente de
prueba, folios 4957 a 4959).
92
Cfr. Acta de imputación a Javier Cazal Elizeche de 21 de febrero de 2002 (expediente de prueba, folios 5016
a 5017).
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