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granja penal Gustavo André, de Lavalle, tras la rehabilitación del pabellón afectado durante
el incendio de mayo de 2004.
16. La Corte toma nota que el Estado ha informado sobre varias modificaciones
estructurales a las instalaciones de las Penitenciarias Provinciales y que la Corte Suprema
de Justicia de Mendoza habría ordenado la remodelación del complejo de Boulogne Sur Mer
(supra Considerando 14). El Tribunal resalta que el Estado ha brindado información sobre
medidas adoptadas para superar las condiciones de hacinamiento en los centros
penitenciarios que han sido objeto de las medidas provisionales ordenadas por el Tribunal.
En consecuencia, si bien la situación de hacinamiento no ha sido superada totalmente,
pues continúan problemas en varios sectores de los complejos penitenciarios, sí ha
mejorado sustancialmente y es distinta a la que se presentaba cuando fueron ordenadas
las medidas en el año 2004. Lo anterior permite a este Tribunal considerar que se ha
cumplido con uno de los objetivos de las medidas provisionales, diferente a lo que sería la
eliminación de todo hacinamiento existente en las Penitenciarías, lo cual es por supuesto
necesario pero excede el objeto de protección central de las medidas.
2. Separación de las personas privadas de libertad
17. El Estado informó que para cumplir con los estándares internacionales ha llevado a
cabo la separación de internos por categorías, así:
El complejo número 1, Boulogne Sur Mer, se encuentra destinado únicamente a
procesados, con excepciones específicas en casos en que la vida o integridad de la
persona corra riesgo en los establecimientos para condenados.
Los complejos números 2 y 3, “San Felipe” y “Almafuerte”, se encuentran
destinados a condenados con sentencias en firme y a disposición de los jueces de
Ejecución Penal de la Provincia o de la Justicia Federal.
La Unidad número 3, “El Borbollón”, se encuentra destinada exclusivamente a
mujeres.
Por su parte, los jóvenes adultos, entre 18 y 21 años de edad, son alojados en el
complejo “San Felipe”, en un sector totalmente separado del resto de la población
penal. Del mismo modo, los internos en período de prueba, según el régimen
previsto en al Ley No. 24.660, de ejecución de las penas privativas de la libertad,
son alojados en el complejo “San Felipe”.
Finalmente, aquellos que se encuentran en la última etapa de su condena son
alojados en la Unidad número 4, Gustavo André. Igualmente el Estado informó que
la Unidad Gustavo André, de Lavalle, cuenta con 54 internos condenados que
transitan el “beneficio de período de prueba” donde efectúan tareas de laborterapia,
principalmente de carácter rural, de granja y mantenimiento.
18. Al respecto, tanto los representantes como la Comisión reconocieron los avances en
cuanto a la separación de internos por categorías. No obstante, la Comisión resaltó que
aún estaba pendiente completar esta tarea, pues a finales del año 2009 aún habrían
quedado más de 80 personas procesadas en el sector de intramuros y los internos
condenados no reciben un trato diferenciado en atención a su edad, la evolución en el
cumplimiento de la pena o la naturaleza del delito por el cual fueron sentenciados. También
destacó que un pequeño porcentaje de los detenidos en la Penitenciaría son ancianos que
podrían beneficiarse de medidas alternativas a la privación de libertad y observó que un