13. Además, no es posible contar con las declaraciones de los dos únicos testigos presenciales del asesinato, José Tejeda Enríquez y Juan Carlos Marroquín Tejeda. Días antes de su citación para prestar declaración ante la Corte, estos dos testigos recibieron cartas anónimas donde eran amenazados de muerte y la casa de Marroquín fue ametrallada por un grupo de hombres armados. Dichos incidentes obligaron a los mencionados testigos a abandonar el país. B. Proceso penal en la legislación interna 14. La parte acusadora participante en el proceso penal que se instauró para investigar la muerte de Myrna Mack fue el Ministerio Público. Como acusadora privada intervino Helen Mack (hermana de la víctima). El proceso penal se llevó a cabo en contra de Noél de Jesús Beteta Alvarez, supuesto autor material del asesinato. El proceso penal contra Beteta Alvarez duró cuatro años. El caso fue visto por doce jueces en total. 15. La acusadora privada, Helen Mack, intentó demostrar, dentro del proceso penal, la participación intelectual en el hecho de Edgar Augusto Godoy Gaitán, Juan Valencia Osorio y Juan Guillermo Oliva Carrera, superiores de Beteta Alvarez en el EMP. Asimismo sindicó a Juan José Larios, Juan José del Cid Morales y a un individuo de apellido Charchal como las personas que ayudaron a Beteta en la vigilancia y en la ejecución del asesinato. Todos estos funcionarios del EMP de Guatemala figuraban en el informe del 29 de septiembre como presuntos autores intelectuales y materiales del asesinato. Helen Mack buscaba incluir a estas personas como imputadas dentro del proceso. 16. El Ministerio Público y la parte acusadora, con la intención de demostrar la culpabilidad de los individuos referidos, solicitaron a través del órgano judicial interviniente información y documentación específica a organismos del Gobierno como el Ministerio de Defensa y el EMP. Esa información solicitada estaba relacionada con la identidad y actividad de los presuntos autores materiales e intelectuales y con otras circunstancias relativas al asesinato. Dichas solicitudes siempre fueron rechazadas bajo el argumento de que se trataba de información confidencial y secreta del Estado. 17. La sentencia dentro del proceso penal substanciado contra Beteta Alvarez fue dictada el 12 de febrero de 1993 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Penal de Sentencia de Guatemala. El Juzgado de Primera Instancia sólo condenó a Noél de Jesús Beteta Alvarez. Los otros autores materiales e intelectuales del hecho no fueron procesados ni condenados por falta de prueba. En la parte resolutiva, la sentencia condena a Noél de Jesús Beteta Alvarez como autor del delito de asesinato en contra de Myrna Mack, condenándolo a sufrir la pena de veinticinco años de prisión inconmutables por el asesinato. Se decide asimismo rechazar la apertura de un nuevo procedimiento contra Edgar Augusto Godoy Gaitán, Juan Valencia Osorio, Juan Guillermo Oliva Carrera, Juan José Larios, Juan José del Cid Morales, y el individuo de apellido Charchal. El sustento probatorio de la sentencia que dictó el Juzgado de Primera Instancia por la que se condena a Noél de Jesús Beteta Alvarez fue la investigación realizada por la Policía, contenida en el informe del 4 de noviembre de 1990, que no menciona a ningún otro funcionario del EMP ni a ningún otro militar como participante en el acto delictivo que afectara a Myrna Mack. 18. La acusadora privada interpuso recurso de apelación contra la sentencia del Juzgado Tercero de Primera Instancia Penal de Sentencia y solicitó la apertura del proceso penal contra los otros autores materiales e intelectuales del delito. Mediante resolución del 28 de abril de 1993, la Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones confirmó en su totalidad la sentencia condenatoria apelada. Asimismo, el 4 y 21 de mayo de 1993 resolvió respectivamente rechazar el recurso de ampliación y el recurso de reposición interpuestos por el Ministerio Público. Helen Mack interpuso recurso de ampliación para que la Corte de Apelaciones explicara las razones por las cuales fue rechazada su petición de juzgar a los otros imputados de haber participado en el asesinato de su hermana. Este recurso fue rechazado el 14 de junio de 1993. 19. La acusadora privada planteó recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia contra la Sentencia de la Sala Cuarta de la Corte de Apelaciones dictada el 28 de abril de 1993. El 3

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