3 9. La comunicación de 11 de enero de 2010, mediante la cual la Secretaría de la Corte, siguiendo instrucciones del Presidente del Tribunal, recordó al Estado y a los representantes que habían vencido los plazos para presentar, respectivamente, el informe y las observaciones dispuestos en la Resolución de 21 de septiembre de 2009, y solicitó su remisión a la mayor brevedad. 10. Las comunicaciones de 2 y 18 de de junio de 2010, mediante las cuales la Secretaría, siguiendo instrucciones del Pleno del Tribunal, solicitó al Estado, a la Comisión y a los representantes que, a más tardar el 16 de julio de 2010, remitieran información actualizada sobre la situación de los beneficiaros de las presentes medidas provisionales. 11. El escrito de 16 de julio de 2010 y sus anexos, mediante los cuales la Comisión Interamericana, en respuesta a lo solicitado por el Tribunal, informó que: i) los señores Sterlin Joudain, André Junior Laurore, Sonise Joseph y Josué Matthieu Laurore, beneficiarios de las medidas provisionales, fallecieron durante el sismo de 12 de enero de 2010; ii) el 8 de mayo de 2010 se reportó una amenaza en contra de la señora Rodeline Joseph, durante la cual un supuesto delincuente fue al domicilio de su madre para amenazarle e intimidar a las personas allí presentes; iii) no tienen nuevas informaciones sobre amenazas a las señoras A.J. y J.L., pero que según los representantes “no se puede descartar esta posibilidad”. Asimismo, la Comisión aportó, entre otros, copia de la denuncia realizada por la señora Rodeline Joseph al Tribunal de Paz de la Municipalidad de Petit-Goâve, referente a los hechos del 26 de diciembre de 2009 (supra Visto 8). Finalmente, la Comisión reiteró la dificultad de comunicarse con los representantes, situación que se agravó con el sismo mencionado. 12. La comunicación de 23 de julio de 2010, mediante la cual la Secretaría, siguiendo instrucciones del Presidente del Tribunal, recordó al Estado y a los representantes que el plazo para la remisión de información actualizada sobre la situación de los beneficiarios había vencido el 16 de julio de 2010, por lo que se solicitó el envío de la información a la mayor brevedad. 13. El escrito de 18 de agosto de 2010, mediante el cual la Comisión Interamericana remitió un escrito de los representantes en el cual los últimos, inter alia, se refirieron a hechos no recientes, previos a la adopción de las medidas provisionales, o bien que no se relacionaban con los beneficiarios o con los supuestos de hecho bajo examen en el presente procedimiento. 14. La comunicación de 28 de agosto de 2010, mediante la cual la Secretaría, siguiendo instrucciones del Presidente del Tribunal, recordó al Estado que el plazo para la remisión de información actualizada sobre la situación de los beneficiarios había vencido y solicitó el envío de la información a la mayor brevedad. 15. El Estado no ha respondido a las solicitudes del Tribunal; ni la Comisión ni los representantes aportaron otra información con posterioridad a esa fecha.

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