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Cambiar la jurisprudencia de la Corte sobre este punto, después de más de
20 años de ejercer su función jurisdiccional es, además de inapropiado e innecesario,
confuso. Es introducir un elemento de distorsión en la deliberación de futuros casos.
Manuel E. Ventura Robles
Juez
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario
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