manera aislada sino como parte de una campaña continuada destinada a estigmatizar, desprestigiar y descalificar al propuesto beneficiario, lo que resulta especialmente serio pues se trata del presidente del máximo órgano judicial electoral del país que viene ejerciendo sus funciones en un momento donde su alta investidura debe estar particularmente protegida, especialmente en el contexto de denuncias de intimidaciones o acoso contra autoridades electorales. La Comisión también advierte que los hechos alegados se han extendido e incluido a su núcleo familiar, especialmente a su hermano y esposa (vid. supra párr. 7). 36. En este mismo sentido, la Comisión resalta, con especial preocupación, que la campaña pública de descrédito hacia el propuesto beneficiario se ha materializado en actos de hostigamiento a través de los denominados “plantones” frente a su domicilio personal, antecedidos de denuncias de seguimientos al propuesto beneficiario al salir de su trabajo (vid. supra párr. 8). Según la información alegada por los solicitantes, la Comisión entiende que en los últimos dos meses se han realizado, por lo menos hasta el 19 de julio de 2021, un total de 16 plantones. Al respecto, la Comisión advierte que, como parte de esta campaña pública de desprestigio hacia el propuesto beneficiario, el 10 de junio de 2021 su dirección personal fue hecha pública bajo el mensaje de que hay que “saludarlo como se merece”. Como lo ha indicado anteriormente la Comisión, esta categoría de hostigamiento digital, conocida como "doxing", consiste en la divulgación de información personal confidencial con fines intimidatorios o extorsivos31. Para la Comisión, el doxing tiene el potencial de exponer a las personas a ataques digitales y, además, a vulneraciones en el ámbito físico, incluyendo atentados contra la vida e integridad personal, fomentados por la divulgación de la información personal en el ámbito digital32. Al respecto, la Comisión identifica que, según los solicitantes, dado los presuntos hechos integrantes del grupo familiar del propuesto beneficiario habrían tenido que separarse (vid. supra párr. 11). 37. En esa línea, la Comisión observa que el 27 de junio de 2021 se hizo un llamado público a “lanzar bombardas y fuego artificiales” su domicilio; impedir que vaya a la sede del JNE; y, finalmente, secuestrarlo. Además de reflejar un aumento de la intensidad de los eventos que venía atravesando el propuesto beneficiario, la intencionalidad en dicho llamado público refleja que existen personas que han buscado evitar que el propuesto beneficiario ejerza las labores propias de su cargo y por ende afectar el proceso electoral del país en momentos decisivos. La Comisión resalta el riesgo que se derivaría de este tipo de señalamientos en un contexto de polarización que puede llegar a aumentar conforme se acerca la toma de gobierno del candidato que ha sido proclamado recientemente como nuevo presidente del Perú. 38. Tras solicitar información al Estado en los términos del artículo 25 del Reglamento, la Comisión observa que se informó sobre las medidas de protección que han sido implementadas a favor del propuesto beneficiario desde 2020 y que debido a la actual coyuntura han sido reforzadas (vid. supra párr. 19). Asimismo, se informó sobre acciones preventivas e investigativas que con ocasión de las denuncias del propuesto beneficiario y el JNE se han adelantado (vid. supra párr. 22). Respecto de las medidas de protección con que actualmente cuenta el propuesto beneficiario, la Comisión entiende que se le ha asignado seguridad policial que lo acompaña en sus desplazamientos (vid. supra párr. 19), así como determinadas medidas de protección a favor de su esposa (vid. supra párr. 21). La Comisión también observa que el Estado indicó que remitiría posteriormente información sobre la hija y cuñada del propuesto beneficiario (vid. supra párr. 21), y que omitió informe de evaluación de riesgo sobre el hermano del propuesto beneficiario por la zona en la que se encontraría (vid. supra párr. 21). CIDH, Comunicado de prensa 155. La CIDH expresa preocupación por reportes de actos de hostigamiento y mensajes estigmatizantes que alientan la discriminación en el contexto electoral en Perú, 22 de junio de 2021 32 Ibidem 31 - 14 -

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