RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS 1 DE 23 DE AGOSTO DE 2010 CASO CABRERA GARCIA Y MONTIEL FLORES VS. ESTADOS UNIDOS MEXICANOS VISTO: 1. La Resolución dictada por el Presidente (en adelante “la Resolución de convocatoria” o “la Resolución del Presidente”) de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) el 2 de julio de 2010, mediante la cual convocó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana” o “la Comisión”), a los Estados Unidos Mexicanos (en adelante “el Estado” o “México”) y a los representantes de las presuntas víctimas (en adelante “los representantes”) a una audiencia pública para escuchar sus alegatos finales orales sobre la excepción preliminar y eventuales fondo, reparaciones y costas en el presente caso, así como algunas declaraciones testimoniales y periciales, entre éstas la del señor Christian Tramsen. 2. El escrito de 7 de julio de 2010, mediante el cual el Estado solicitó “la reconsideración de la Resolución del Presidente […] de 2 de julio de 2010”, en lo que concierne al peritaje del señor Christian Tramsen. 3. La nota de la Secretaría del Tribunal (en adelante “la Secretaría”) de 9 de julio de 2010, mediante la cual, siguiendo instrucciones del Presidente de la Corte (en adelante “el Presidente”), otorgó plazo a la Comisión Interamericana y a los representantes hasta el 16 de julio de 2010 para presentar observaciones a la reconsideración formulada por el Estado. 1 El Presidente de la Corte, Juez Diego García-Sayán, no participó en la deliberación de la presente Resolución, razón por la cual el Vicepresidente de la Corte, Juez Leonardo Franco, asumió como Presidente en ejercicio para la presente resolución. El Juez ad hoc Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot fue consultado y estuvo plenamente de acuerdo con lo señalado en la presente Resolución.

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