72. Ante los alegatos del Estado, la Presidencia constata que la señora Arias, en su escrito de solicitudes y argumentos, individualizó los objetos de ambos peritajes, los que denominó como “[p]eritaje psicosocial Aluna” y “[p]eritaje psicosocial EATIP”. A su vez, como anexos a dicho escrito remitió, con relación al primer peritaje, las hojas de vida de Laura Angélica Espinosa Gómez, Clemencia Correa González, Rodrigo Morales Romero y Sofía Angélica Silva Gracia, e informó acerca de sus datos de contacto (supra nota a pie de página 3). Por su parte, con relación al segundo peritaje, la representante remitió la hoja de vida de Diana Ruth Kordon (supra nota a pie de página 2), y en virtud de una solicitud de aclaración formulada por la Secretaría, oportunamente informó acerca de sus datos de contacto71. Toda la documentación anterior fue transmitida a las otras partes, incluido el Estado, y a la Comisión juntamente con el respectivo escrito de solicitudes y argumentos. 73. Por consiguiente, a juicio del Presidente, el ofrecimiento de las pruebas periciales no fue efectuado por la señora Arias con referencia a personas jurídicas, sino que, como cabe deducir precisamente del alegato del Estado, fueron debidamente individualizadas las personas expertas que rendirían cada uno de los peritajes propuestos. 74. En virtud de lo considera, se admiten ambos peritajes. Los objetos y las modalidades respectivas se determinan en la parte resolutiva de la presente Resolución (infra punto resolutivo 3). C. Sobre la admisibilidad de las declaraciones ofrecidas por el Estado 75. El Estado colombiano ofreció las “declaraciones informativas” de las personas siguientes: a) Jose Germán Arenas Acosta72; b) María Paulina Riveros73; c) Claudia Jiménez Jaramillo y Mauricio Castro Forero74; d) Juan Carlos Botero Ospina75; e) Deicy Jaramillo Escrito de 4 de enero de 2021, presentado por la señora Arias. El Estado indicó que la declaración de Jose Germán Arenas Acosta, asesor experto del Comando General de la Jefatura de Inteligencia y Contrainteligencia Militar Conjunta, versaría sobre “las competencias que tiene las entidades estatales en relación con las actividades de inteligencia y contrainteligencia, la manera como se adelanta dichas actividades, el control que se realiza para determinar la conformidad de las actividades con el marco jurídico aplicable y las reglas que rigen el acceso a la información obtenida en desarrollo de actividades de inteligencia y contrainteligencia”. 73 El Estado indicó que la declaración de María Paulina Riveros, ex Vicefiscal General de la Nación y ex directora de Derechos Humanos del Ministerio del Interior, versaría sobre “los riesgos que enfrentan los defensores de derechos humanos en Colombia, particularmente sus problemáticas y causas”. Asimismo, sobre “la evolución del marco normativo en Colombia para la garantía de los derechos humanos de los defensores de derechos humanos y las medidas estatales adoptadas para garantizar sus derechos”. 74 El Estado indicó que las declaraciones de Claudia Jiménez Jaramillo, miembro de la Misión para el Departamento Administrativo de Seguridad, creada en virtud del Decreto 4201 de 2005, y Mauricio Castro Forero, exdirector del Programa de Renovación de la Administración Pública, versarían sobre “la creación, las competencias y el funcionamiento del antiguo Departamento Administrativo de Seguridad […] DAS”. Asimismo, sobre “las dificultades de su operación y la razones que llevaron al gobierno a suprimir la entidad”; “la distribución de competencias posterior a su supresión” y “la relevancia que tuvo la supresión de la entidad para la sociedad colombiana”. 75 El Estado indicó que la declaración de Juan Carlos Botero Ospina, experto en el diseño de planes, proyectos y políticas sobre prevención y protección, versaría sobre “los elementos que debe tener una política pública para garantizar los derechos de los defensores de derechos humanos”. Asimismo, sobre “las obligaciones de prevención y protección de los derechos de los defensores y su implementación y articulación en Colombia en la actualidad”. 71 72 21

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