5
10.
El 28 de noviembre de 2011 el Presidente de la Corte (en adelante “el Presidente”)
dictó la Resolución por la que declaró procedente la solicitud formulada por las presuntas
víctimas para acogerse al Fondo de Asistencia Legal y aprobó que se otorgara la asistencia
económica necesaria para la presentación de un máximo de cuatro declaraciones.
11.
El 31 de enero de 2012 el Presidente dictó una Resolución, mediante la cual convocó
a una audiencia pública para escuchar las declaraciones de una presunta víctima y un
perito, ofrecidas por los representantes, y de un testigo y un perito ofrecidas por el Estado,
así como los alegatos orales de las partes y las observaciones de la Comisión; ordenó recibir
las declaraciones de tres presuntas víctimas, tres testigos y cinco peritos rendidas ante
fedatario público (affidávit); realizó determinaciones respecto del Fondo de Asistencia Legal
y fijó un plazo para la presentación de los alegatos finales escritos y observaciones finales
escritas5. El 27 de febrero de 2012 los representantes presentaron las declaraciones
mediante affidávit ordenadas sin autenticación o notarización.
12.
El 2 de marzo de 2012 se llevó a cabo la audiencia pública, durante el 94º Período
Ordinario de Sesiones de la Corte6.
13.
El 3 de abril de 2012 la Comisión presentó sus observaciones finales escritas, los
representantes remitieron sus alegatos finales escritos, junto con anexos, y el Estado hizo
llegar al Tribunal sus alegatos finales escritos. El 10 de abril de 2012 la Corte recibió
documentos anexos a los alegatos finales escritos de Venezuela.
14.
El 30 de abril de 2012 la Secretaría, siguiendo instrucciones del Presidente, otorgó a
la Comisión y a las partes un plazo para presentar observaciones, si lo estimaban
pertinente, a los documentos remitidos por los representantes y el Estado junto con sus
alegatos finales escritos. El 9 de mayo de 2012 la Comisión informó que no tenía
observaciones que formular. El 18 de mayo de 2012 el Estado y los representantes
presentaron sus observaciones.
15.
El 25 de mayo de 2012 Secretaría, siguiendo instrucciones del Presidente, informó al
Estado de las erogaciones realizadas en aplicación del Fondo de Asistencia Legal en este
caso7, otorgándole un plazo improrrogable hasta el 26 junio de 2012 para presentar las
observaciones que estimara pertinentes, las que no fueron remitidas al Tribunal.
16.
El 5 de julio de 2012 los representantes presentaron, con la autenticación de la firma
de los declarantes y el sello del Consulado de la República de Costa Rica, nuevamente las
declaraciones ordenadas en el punto resolutivo primero de la Resolución del Presidente de
31 de enero de 2012, las que ya habían sido presentadas el 27 de febrero de 2012 (supra
párr. 11). El 6 de julio de 2012 la Secretaría informó a los representantes que dicha
documentación se pondría en conocimiento del Presidente para los efectos pertinentes.
5
Cfr. Caso Castillo González y otros Vs. Venezuela. Resolución del Presidente de la Corte de 31 de enero
de 2012. Disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/asuntos/castillo_31_01_121.pdf
6
A esta audiencia comparecieron: a) por la Comisión Interamericana: Silvia Serrano Guzmán y Tatiana
Gos, Asesoras; b) por los representantes: Viviana Krsticevic, Anette Martínez de CEJIL, y Carlos Ayala Corao, José
Gregorio Guarenas, y Alfredo Vázquez Loureda por la Vicaría y, c) por el Estado: Germán Saltrón Negrettri, Agente,
Alejandro Méndez Mijares, experto en materia procesal penal y Fiscal Septuagésimo Sexto Nacional del Ministerio
Público, y María Alejandra Díaz, abogada.
7
Artículo 5 del Reglamento de la Corte sobre el Funcionamiento del Fondo de Asistencia Legal de Víctimas.