3 un área de un mil hectáreas”. Sin embargo, los miembros de “la Comunidad no hi[cieron] uso del Convenio, limitándose a ceder sus derechos a la Empresa Amerinica Exotic Woods S.A[,] la cual presentó tres planes mínimos de aprovechamiento sobre una superficie de 150 hectáreas”; y ii. “reconoce la propiedad de los comunitarios de Awas Tingni sobre el 100% del valor de la madera en pie de las especies a ser explotadas en esta área”. A pesar de ello, la Comunidad ha aprovechado tan sólo el 20% de la madera autorizada. c) Acerca de la participación de los beneficiarios en la implementación de las medidas dictadas por la Corte, que “instó a los comunitarios a abrir un mecanismo de diálogo bilateral en la búsqueda de […] mecanismos institucionales y legales que facilitaran la expedita y efectiva titulación de tierras a favor de la Comunidad Awas Tingni, lo cual ha constituido el espíritu central de la voluntad del Gobierno”. Además, reiteró que han existido ocho reuniones entre autoridades del Estado y los miembros de la Comunidad entre los meses de noviembre de 2003 y julio de 2004. Dichas reuniones han sido propuestas por ambas partes y han servido para facilitar el proceso de titulación de tierras a favor de los miembros de la Comunidad. d) Sobre la investigación de los hechos denunciados y la eventual sanción de los responsables, que: i. dio apertura formal a un proceso administrativo en contra de la Asociación de Ex Combatientes de la Resistencia Indígena de Desarrollo (ARID). Además las autoridades procedieron al decomiso del volumen de madera que había sido cortada ilegalmente; y ii. ha creado un mecanismo para dar trámite y atender de manera prioritaria los requerimientos de los comunitarios. 4. Las observaciones remitidas por los representantes de los beneficiarios (en adelante “los representantes”) de 30 de enero de 2003, 3 de marzo de 2003, 25 de abril de 2003, 14 de noviembre de 2003, 3 de mayo de 2004, 12 de julio de 2004, 26 de octubre de 2004, 17 de noviembre de 2004, 15 de enero de 2005, 31 de marzo de 2005, 2 de septiembre de 2005, 4 de noviembre de 2005, 19 de junio de 2006 y 26 de abril de 2007, mediante las cuales indicaron, inter alia: a) Con respecto a las medidas de protección del uso y disfrute de la propiedad de los miembros de la Comunidad, que: i. “[…] la responsabilidad del [E]stado […] no se agota en la actuación de las instituciones del gobierno central, ni el otorgamiento de permisos de aprovechamiento forestal agota las formas de consentimiento tácito o expreso a las actividades ilícitas que se cometen […] en el territorio de la Comunidad”. La Comunidad ha denunciado incursiones en su territorio por parte de terceros sin su autorización, uno de los casos se refiere a que “un colono mestizo vendió unas 10 mil hectáreas a 20 familias de mestizos en la zona de Wakambay”;

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