incidían sobre el periodismo y sobre la sociedad local y nacional”48. Asimismo, en los últimos años el aumento de las amenazas contra periodistas ha sido constatado por numerosas fuentes, tales como la Asamblea General de Naciones Unidas, la Comisión Interamericana y varias organizaciones de la sociedad civil49. A este respecto, la testigo Catalina Botero señaló que, si bien los homicidios asociados al ejercicio de la labor periodística habrían disminuido durante el proceso de paz, “las cifras de agresiones violentas contra periodistas continúan siendo alarmantes”, habiendo aumentado en los últimos cuatro años, lo cual contribuye a que persista un “preocupante” contexto de violencia dirigido contra periodistas en Colombia50. a.2 Sobre el contexto de violencia sexual contra las mujeres en el marco del conflicto armado y, en particular, contra las mujeres periodistas 45. La violencia ejercida en el conflicto armado afectó de manera diferencial y agravada a las mujeres, toda vez que dicho conflicto exacerbó y profundizó la discriminación, exclusión y violencia de género ya preexistentes en el país. Lo anterior tuvo especial impacto, además, en las mujeres indígenas, afrocolombianas y “marginadas”51. Tal y como así lo ha reconocido la Corte Constitucional de Colombia, las mujeres estaban –y están– expuestas, debido a su género, a “riesgos particulares y vulnerabilidades específicas dentro del conflicto armado”, tales como: (i) el riesgo de violencia sexual, explotación sexual o abuso sexual en el marco del conflicto armado; (ii) el riesgo de explotación o esclavización para ejercer labores domésticas y roles considerados femeninos en una sociedad con rasgos patriarcales, por parte de los actores armados ilegales; (iii) el riesgo de reclutamiento forzado de sus hijos e hijas por los actores armados al margen de la ley, o de otro tipo de amenazas contra ellos, que se hace más grave cuando la mujer es cabeza de familia; (iv) los riesgos derivados del contacto o de las relaciones familiares o personales -voluntarias, accidentales o presuntas- con los integrantes de alguno de los grupos armados ilegales que operan en el país o con miembros de la Fuerza Pública, principalmente por señalamientos o retaliaciones efectuados a posteriori por los bandos ilegales enemigos; (v) los riesgos derivados de su pertenencia a organizaciones sociales, comunitarias o políticas de mujeres, o de sus labores de liderazgo y promoción de los derechos humanos en zonas afectadas por el conflicto armado; (vi) el riesgo de persecución y asesinato por las estrategias de control coercitivo del comportamiento público y privado de las personas que implementan los grupos armados ilegales en extensas áreas del territorio nacional; (vii) el riesgo por el asesinato o desaparición de su proveedor económico o por la desintegración de sus grupos familiares y de sus redes de apoyo material y social; (viii) el riesgo de ser despojadas de sus tierras y su patrimonio con mayor facilidad por los actores armados ilegales dada su posición histórica ante la propiedad, especialmente las propiedades inmuebles rurales; (ix) los riesgos derivados de la condición de discriminación y vulnerabilidad acentuada de las mujeres indígenas y afrodescendientes; y (x) el riesgo por la pérdida o ausencia de su compañero o proveedor económico durante el proceso de Cfr. Centro Nacional de Memoria Histórica, Informe “La Palabra y el Silencio: La violencia contra periodistas en Colombia (1977-2015)”, de noviembre de 2015 (expediente de prueba, folio 11232). Ver también, Declaración rendida ante fedatario público por el señor Ignacio Gómez Gómez, de 8 de marzo de 2021 (expediente de prueba, folio 39962). 48 Cfr. Asamblea General de las Naciones Unidas, Situación de los derechos humanos en Colombia Informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, A/HRC/40/3/Add.3, de 4 de febrero de 2019, párr. 25; CIDH, Relatoría Especial para la Libertad de Expresión, Informe Anual de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos 2018, OEA/SER.L/V/II Doc. 30., de 17 marzo 2019, párr. 303, y Fundación para la Liberta de Prensa, “Alerta por incremento en el número amenazas de muerte a periodistas en Colombia”, de 11 de julio de 2018, disponible en: https://flip.org.co/index.php/es/informacion/pronunciamientos/item/2252-alerta-por-incremento-en-el-numero-amenazasde-muerte-a-periodistas-en-colombia Ver también, Reporteros Sin Fronteras, “Colombia – Ataque frontal a la libertad de prensa en protestas sociales”, de 4 de mayo de 2021, disponible aquí: https://rsf.org/es/noticias/colombia-ataque-frontal-lalibertad-de-prensa-en-protestas-sociales 49 Cfr. Declaración rendida ante fedatario público por la señora Catalina Botero Marino, de 4 de marzo de 2021 (expediente de prueba, folio 39931). 50 51 Cfr. Corte Constitucional de Colombia, Auto 092 de 2008, de 14 de abril de 2008 (expediente de prueba, folio 430). 17

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