Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, por la desaparición de la presunta víctima
en 1984.
22.
El detalle sobre los hechos y procesos será referido en el análisis fáctico de la Comisión, sobre
la base de la información aportada por ambas partes. En esta sección se efectúa un resumen de los principales
alegatos jurídicos planteados por la parte peticionaria durante la etapa de fondo.
23.
La parte peticionaria argumentó que el Estado violó la obligación de respetar los derechos,
al no crear los mecanismos necesarios para garantizar los derechos de los miembros de la Unión Patriótica.
24.
Argumentó que el Estado violó el derecho a la vida porque más de dos mil miembros de la
Unión Patriótica fueron ejecutados extrajudicialmente. Además, refirió que muchas de las personas vinculadas
a la Unión Patriótica fueron objeto de persecuciones como atentados, amenazas, desplazamientos, exilios, falsas
acusaciones y señalamientos, ataques que implicaron la falta de garantías para el goce del derecho a la vida en
condiciones dignas.
25.
Alegó la violación del derecho a la integridad personal por las amenazas, seguimientos,
señalamientos, atentados, torturas, persecuciones a los familiares, privaciones arbitrarias de la libertad, exilios,
desapariciones, asesinatos, entre otros actos. Señaló que cada uno de estos actos generó y genera todavía,
angustia, zozobra e incertidumbre a los miembros de la Unión Patriótica y sus familiares.
26.
Refirió que se vulneró el derecho a la libertad personal debido a que una de las formas de
persecución a miembros de la Unión Patriótica se llevó a cabo a través del sometimiento indebido a procesos
penales, los cuales en su mayoría concluyeron con absoluciones o preclusiones que demostraron la inocencia de
los imputados y lo infundado de las acusaciones.
27.
Indicó que se violó el derecho a la honra y dignidad por el carácter recurrente con el que
algunas autoridades gubernamentales han realizado señalamientos estigmatizantes en contra de integrantes de
la Unión Patriótica, sobre todo asociándolos con las FARC, lo cual ha generado un tipo de “autorización” para
realizar ataques en su contra. Agregó que informes de inteligencia del Estado han incluido a miembros de la
Unión Patriótica como enemigos potenciales del Estado.
28.
Argumentó que se violó el derecho a la libertad de asociación debido a que el Estado no
garantizó las condiciones materiales para que las personas que hacían parte de la Unión Patriótica pudieran
ejercer su derecho a la libertad de asociación sin represalias, y sus propios agentes participaron o toleraron los
esfuerzos para exterminar al grupo como tal.
29.
Argumentó que el Estado violó los derechos a la libertad de circulación y residencia y a la
propiedad privada debido a que la persecución en contra de integrantes de la Unión Patriótica generó múltiples
desplazamientos y obligó a dichas personas al abandono y pérdida de sus propiedades. Indicó que dichos
desplazamientos también violaron los derechos a la familia y derechos del niño por el impacto en la unidad
familiar y en el derecho de los niños a estar con sus padres.
30.
Expresó que se violaron los derechos a la libertad de expresión, derecho de rectificación o
respuesta y derechos políticos, en relación con el derecho a la igualdad ante la ley, debido a que pese al
notorio conocimiento de la condición de vulnerabilidad en la que se encontraba el movimiento político, el Estado
no adoptó ni ajustó su legislación interna y sus prácticas para garantizar las condiciones de igualdad en el acceso
al ejercicio de los derechos políticos y que eran necesario adoptar medidas para garantizar la igualdad ante la
ley. Argumentó adicionalmente que el Estado les impuso cumplir con requisitos legales para conservar su
personalidad jurídica, sin tomar en cuenta que estaban sometidos a una política sistemática de exterminio, lo
cual generó su exclusión del debate democrático. Indicó que el resultado de la persecución y exterminio en su
contra fue la pérdida de la personalidad jurídica del partido.
31.
Alegó la violación de las garantías judiciales y protección judicial, por la ausencia de
recursos judiciales para proteger efectivamente sus derechos. Añadió que el Estado no adoptó las medidas
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