541.
Según consta en escritos aportados por la parte peticionaria, el 22 de junio de 1988, el señor
Cárdenas solicitó al Secretario de Gobierno de Medellín la asignación de escoltas, de absoluta confianza, para
brindarle protección. Asimismo, el 23 de junio la presunta víctima solicitó al Jefe de Departamento de Orden
Ciudadano de Medellín, un arma de fuego corta para su protección, debido al riesgo que corrían por ese momento
los miembros de la UP.
542.
El 28 de junio de 1989, durante la feria de ganado de Medellín, unos hombres armados
interceptaron a la presunta víctima y le dispararon, causándole la muerte. La esposa de la presunta víctima
afirmó en declaración ante Reiniciar que, al ocurrir los hechos, la presunta víctima se encontraba en compañía
de un chofer y de “guardaespaldas”.
543.
De acuerdo con lo señalado en el documento aportado por la parte peticionaria titulado
“Colombia. Deuda con la humanidad. Paramilitarismo de Estado, 1988–2003”, los responsables del asesinato de
la presunta víctima eran paramilitares.
544.
En el Informe del Defensor del Pueblo de 1992, en el que hace un estudio de casos de homicidio
de miembros de la Unión Patriótica, se mencionaron como presuntos responsable del homicidio del señor
Cárdenas a “sicarios”. De igual modo, se señaló que “no se ha podido dar con la identidad o individualización del
sindicado o sindicados. Se continúa la investigación en la modalidad de preliminares” y que “por auto de abril
27 de 1990 el Juzgado Primero de Orden Público ordenó suspender la indagación preliminar ya que no se había
podido ni individualizar ni identificar a los autores del hecho criminoso”. En el mencionado informe se indicó
también que “en oficio 3501 del 27/06/90 el secretario privado del jefe del DAS informa al Consejo Presidencial
que en ningún caso el Sr. Cárdenas Villa solicitó escolta o protección personal al DAS y que este organismo tiene
información que la escolta la había solicitado al departamento de seguridad y control, C.O.C. del Municipio de
Medellín (…)”.
545.
Mediante oficio del 3 de agosto de 2012, la Fiscalía General de la Nación informó a la parte
peticionaria que el proceso seguido por el homicidio del señor Cárdenas Villa se encontraba en etapa previa ante
el Fiscal 47, bajo el Radicado No. 3287.
1.44.
Henry Cuenca Vega196
546.
Henry Cuenca Vega fue dirigente de la UP y del PCC. Fue candidato a la Cámara de
Representantes y a la Asamblea Departamental por la UP en marzo de 1986. Era presidente del Sindicato de
Trabajadores de Cementos del Valle.
547.
En 1985 y 1986 sufrió una serie de atentados y amenazas. En 1985 la sede del Sindicato de
Cementos del Valle fue atacada con explosivos. El 27 de diciembre de 1985 a las 9 de la mañana, en la autopista
Cali-Yumbo, hombres que se movilizaban contravía en un vehículo Renault rojo dispararon contra el vehículo
de Henry Cuenca, quien se salvó al lanzarse al piso de su automóvil. Por su parte, según declararon la esposa de
la presunta víctima, y su hija, en junio de 1986 mientras se encontraban en la ciudad de Santa Marta con su
familia, un hombre llamó a la residencia de la presunta víctima en la ciudad de Calí y le dijo a la persona
encargada de cuidar la casa que le dijera “a ese hijueputa que deje de hablar tanta mierda en la plaza, que lo
vamos a quemar con familia y todo”. Al día siguiente la esposa de la presunta víctima recibió una llamada en la
que le dijeron “ve gran HP decile a es perro hijo de puta que lo voy a quemar vivo, que está hablando mucha
mierda en la plaza pública”.
548.
En virtud de ello, según consta en el expediente, la familia decidió desplazarse y cambiar de
residencia y se trasladó a la ciudad de Bogotá.
196
Anexo 15. Anexo al escrito de la parte peticionaria Reiniciar de 18 de febrero de 2013. Caja 1, Carpeta Henry Cuenca Vega.
80
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