cual expresó su “solidaridad” con los familiares de las víctimas en los casos Barrios Altos y La Cantuta y manifestó que “[se] compromet[e] a cumplir cabalmente con las resoluciones que la Corte pueda emitir en estos casos”. 11. La audiencia pública virtual sobre la solicitud de medidas provisionales, celebrada el 1 de abril de 2022 durante el 147° Período Ordinario de Sesiones del Tribunal7. 12. El escrito de observaciones presentado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión”) el 1 de abril de 2022. 13. Los escritos presentados entre el 31 de marzo y el 6 de abril de 2022 en calidad de amici curiae8. CONSIDERANDO QUE: 1. La Corte emitió Sentencias en los casos Barrios Altos y La Cantuta, los cuales se encuentran en etapa de supervisión de cumplimiento de sentencia. Entre otras reparaciones, ordenó al Estado que cumpla con su obligación de investigar, juzgar y, de ser el caso, sancionar a los responsables de las graves violaciones a derechos humanos en ambos casos. En dicha audiencia comparecieron: a) por las víctimas y sus representantes: Gisela Ortiz y Carmen Amaro, víctimas del caso La Cantuta; Carlos Rivera, del Instituto de Defensa Legal (IDL); Christian Huaylinos y Gloria Cano, de la Asociación Pro-Derechos Humanos (APRODEH); Dania Coz, de la Comisión de Derechos Humanos (COMISEDH); David Velazco, de la Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz (FEDEPAZ); Jennie Dador y Miguel Jugo, de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH), y Viviana Krsticevic, Gisela de León, Florencia Reggiardo, Francisco Quintana y Helen Kerwin, del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL); b) por el Estado: Carlos Miguel Reaño Balarezo, Procurador Público Especializado Supranacional, y Carlos Llaja Villena, Procurador Público Adjunto Especializado Supranacional, y c) por la Comisión Interamericana: Stuardo Ralón, Comisionado y Primer Vicepresidente; Marisol Blanchard, Secretaria Ejecutiva Adjunta de Peticiones y Casos; Fernanda Alves dos Anjos, Coordinadora de la Sección de Medidas Cautelares y Medidas Provisionales, y Jorge Humberto Meza, Coordinador de la Sección de Casos. Audiencia disponible en: https://youtu.be/n1DCR5oA4bw. 8 El escrito presentado de manera conjunta por la Federación Internacional por los Derechos Humanos (FIDH), Acción Ecológica – Ecuador, Centro de Investigación y Promoción de los Derechos Humanos (CIPRODEH) – Honduras, Centro de Políticas Públicas y Derechos Humanos – Perú EQUIDAD, Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (CENIDH) – Nicaragua, Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CCAJAR) – Colombia, Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (CEDHU) – Ecuador, Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH) – México, Comité de Familiares de Detenidos Desaparecidos en Honduras (COFADEH) – Honduras, Comité de Acción Jurídica (CAJ) – Argentina, Movimento Nacional de Direitos Humanos (MNDH) – Brasil, IDHEAS Litigio Estratégico en Derechos Humanos A.C. – México, Liga Mexicana por la Defensa de los Derechos Humanos A.C. (LIMEDDH) – México, Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (PROVEA) – Venezuela y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) – Argentina, en el que indican que coadyuvan las organizaciones Centro de Capacitación Social (CCS) – Panamá, Centro de Derechos y Desarrollo (CEDAL) – Perú, , Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos (CALDH) – Guatemala, Center for Justice and Accountability (CJA) – USA, Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) – República Dominicana, Corporación de Defensa de los Derechos del Pueblo (CODEPU) – Chile, Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (INREDH) – Ecuador, Instituto Latinoamericano para una Sociedad y un Derecho Alternativos (ILSA) – Colombia, Justiça Global – Brasil, Liga Argentina de Derechos Humanos (LADH) – Argentina, y el Observatorio Ciudadano – Chile, se refiere a: la solicitud de que la Corte “reafirme [los] elementos que deben guiar toda solicitud de indulto” y que “anule la resolución del Tribunal Constitucional […] que permite el indulto de Alberto Fujimori sin tomar en cuenta estos estándares”, y a la práctica regional respecto de la prohibición del indulto en casos de graves violaciones de derechos humanos. El escrito presentado por Margot Palacios Huamán, Congresista de la República del Perú, se refiere a “las circunstancias y naturaleza ilegal del indulto otorgado” a Alberto Fujimori y a la alegada “concurrencia [de parte de los magistrados que conformaron el voto de mayoría] de conductas descritas contra los principios y deberes funcionales señalados en la Constitución y que tipificarían como ilícitos penales”. El escrito presentado por Carlos Mesía Ramírez, ex Presidente del Tribunal Constitucional del Perú, se refiere a la alegada incompatibilidad de los requisitos exigidos por el Decreto Supremo N° 004-2010-JUS con la Convención Americana; la alegada posibilidad de indultar o disminuir la pena y a la salud del señor Alberto Fujimori. El escrito presentado por Aldo Benito Dapelo Piccone se refiere a información publicada en un diario relativa a que el abogado de Alberto Fujimori estaba solicitando que se acatara el fallo del Tribunal Constitucional. 7 3

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