de procedimientos, incluyendo cuando se alega el uso arbitrario de los mismos. El perito podrá referirse a los hechos del caso a fin de ejemplificar los estándares del peritaje. 2. Requerir a los peritos convocados a declarar en audiencia que, de considerarlo conveniente, aporten una versión escrita de su peritaje a más tardar el 20 de enero de 2020. 3. Requerir a Colombia que facilite la salida y entrada de su territorio de los declarantes, si residen o se encuentran en él, quienes han sido citados en la presente Resolución a rendir declaración en la referida audiencia pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1 del Reglamento de la Corte. 4. Requerir, por las razones expuestas en la presente Resolución, de conformidad con el principio de economía procesal, y de la facultad que le otorga el artículo 50.1 del Reglamento de la Corte, que las siguientes personas presten su declaración ante fedatario público (Affidavit): A. Testigo Propuesto por los representantes (4) Iván Cepeda Castro, quien declarará sobre la motivación política y discriminatoria del ejercicio disciplinario de la Procuraduría General de la Nación en su caso. B. Declarante a título informativo Propuesto por el Estado (5) Jaime Bernal Cuellar, quien declarará sobre las garantías procesales otorgadas en el marco de los procesos disciplinarios desarrollados por la Procuraduría General de la Nación en contra de servidores públicos de elección popular, así como el control judicial que existe sobre las decisiones que se profieran en esa materia en Colombia. C. Peritos Propuesto por los representantes (6) Alfredo Beltran Sierra, quien rendirá dictamen pericial sobre el contenido y alcance del debido proceso, tomando en consideración si las garantías judiciales propias de todo proceso, indistintamente de su naturaleza, se observan en el desarrollo de los procesos disciplinarios seguidos por la Procuraduría General de la Nación. Adicionalmente, se referirá sobre los principios que deben observarse en el marco de las investigaciones disciplinarias y sobre legitimidad que tienen las autoridades administrativas para restringir los derechos políticos de funcionarios electos por voto popular a través de este tipo de procesos y no mediante proceso penal. Propuestos por el Estado (7) Matthias Herdegen, quien rendirá dictamen pericial para analizar la convencionalidad de las facultades de las autoridades administrativas encargadas del control de la función pública para adoptar medidas que puedan restringir los derechos políticos, tales como las sanciones de destitución, suspensión e inhabilidad. El perito se referirá a las experiencias comparadas en relación con los modelos disciplinarios de 9

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