RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS* DE 22 DE NOVIEMBRE DE 2022 CASO RUIZ FUENTES Y OTRA VS. GUATEMALA SUPERVISIÓN DE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA VISTO: 1. La Sentencia de excepción preliminar, fondo, reparaciones y costas (en adelante “la Sentencia” o “el Fallo”) dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) el 10 de octubre de 2019 1. 2. La Resolución emitida por el Tribunal el 2 de septiembre de 2020 2, en la cual decidió realizar una supervisión reforzada respecto de la medida relativa a investigar, identificar, juzgar y, en su caso, sancionar a los responsables de la muerte del señor Hugo Humberto Ruiz Fuentes, en lo que respecta al deber de asegurar que los operadores de justicia vinculados a las investigaciones cuenten con las debidas garantías de seguridad. 3. La Resolución dictada por el Tribunal el 23 de septiembre de 2021 en los casos Valenzuela Ávila y Ruiz Fuentes y otra Vs. Guatemala 3, relativa a la adopción de medidas provisionales y supervisión de la obligación de investigar, juzgar y, en su caso, sancionar, así como la audiencia privada virtual celebrada el 24 de mayo de 2022 sobre la implementación de tales medidas, la solicitud del Estado sobre su levantamiento, y la supervisión del cumplimiento de la obligación de investigar, juzgar y, en su caso, sancionar a los responsables de las violaciones cometidas en perjuicio de los señores Hugo Humberto Ruiz Fuentes y Tirso Román Valenzuela. 4. Los informes sobre el cumplimiento de la Sentencia presentados por la República de Guatemala (en adelante “el Estado” o “Guatemala”) entre julio de 2020 y noviembre de 2022, y los escritos presentados por las representantes de las víctimas (en adelante “las representantes”) 4 entre julio de 2020 y noviembre de 2022. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos no presentó observaciones. * Esta Resolución fue deliberada y aprobada durante el 154 Período Ordinario de Sesiones utilizando medios tecnológicos de conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Corte. 1 La Sentencia se notificó al Estado el 8 de noviembre de 2019. Disponible en: https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_384_esp.pdf. 2 Disponible en: https://www.corteidh.or.cr/docs/supervisiones/ruizfuentes_02_09_20.pdf. 3 Disponible en: https://www.corteidh.or.cr/docs/supervisiones/valenzuela_avila_y_ruiz_fuentes_23_09_21.pdf. 4 El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales de Guatemala (ICCPG). 1

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