49.
En la misma fecha se resolvió negativamente el recurso interpuesto56. En la decisión se dispuso que
“de lo reclamado por el interno, no se desprende la existencia de acto u omisión de la autoridad pública nacional que en
los términos del artículo 3) inc. 2, de la Ley 23.098, implique agravación ilegítima de la forma y condiciones en que
cumple la privación de la libertad. Ello, teniendo en cuenta que, según surge del presente recurso, su reclamo se
circunscribe al traslado de Unidad Penitenciaria”57. Asimismo, el Tribunal señaló que “lo concerniente al cambio de
unidad penitenciaria es resorte exclusivo de la superioridad del S.P.F. o eventualmente de los respectivos tribunales de
ejecución”58. Finalmente, se ordenó disponer que se arbitraran “las medidas de rigor ante la declaración de hambre del
interno”59.
50.
El 4 de enero de 2001 Néstor Rolando López compareció nuevamente ante el Juzgado Federal de
Rawson60. El acta de la audiencia dejó constancia de que el señor López había sido citado al haber desistido de una
acción de hábeas corpus promovida el día anterior61. En esta audiencia, Néstor Rolando López solicitó que se
gestionara su traslado definitivo a la U-9 de Neuquén por acercamiento familiar, refiriéndose a la imposibilidad de su
familia de visitarlo debido a la falta de recursos económicos62. Asimismo, solicitó tener la posibilidad de ponerse en
contacto con su defensor oficial63.
51.
La defensa del señor López interpuso acción de hábeas corpus y acción de amparo, las cuales fueron
rechazada ‘in limine’ y declarada inadmisible respectivamente, por la Cámara en lo Criminal No. 2 de Neuquén64. En
contra de la anterior resolución, la defensa interpuso recurso de casación65. Mediante auto interlocutorio No. 36 de
2002, el Tribunal Superior de Justicia de Neuquén declaró admisible el presente recurso66.
52.
El 13 de septiembre de 2002 el Tribunal Superior de Justicia dictó sentencia rechazando la casación67.
El Tribunal acudió a los argumentos previamente esgrimidos en el acuerdo de 27 de noviembre de 1997 por el que
rechazó el primer recurso de casación interpuesto a favor de Néstor Rolando López68. El Tribunal agregó que más allá
de determinar que la decisión impugnada fue conforme a derecho, ello no significaba desconocer que “dadas las
56 Recurso de hábeas corpus de 3 de noviembre de 2000 en la causa contra Néstor Rolando López. Anexo a la comunicación de los
peticionarios de 24 de septiembre de 2003.
57 Decisión de 3 de noviembre de 2000 en la causa contra Néstor Rolando López. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 24 de
septiembre de 2003.
58 Decisión de 3 de noviembre de 2000 en la causa contra Néstor Rolando López. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 24 de
septiembre de 2003.
59 Decisión de 3 de noviembre de 2000 en la causa contra Néstor Rolando López. Anexo a la comunicación de los peticionarios de 24 de
septiembre de 2003.
60 Juzgado Federal de Rawson, acta de audiencia de 4 de enero de 2001 en la causa contra Néstor Rolando López. Anexo a la comunicación
de los peticionarios de 24 de septiembre de 2003.
61 Juzgado Federal de Rawson, acta de audiencia de 4 de enero de 2001 en la causa contra Néstor Rolando López. Anexo a la comunicación
de los peticionarios de 24 de septiembre de 2003.
62 Juzgado Federal de Rawson, acta de audiencia de 4 de enero de 2001 en la causa contra Néstor Rolando López. Anexo a la comunicación
de los peticionarios de 24 de septiembre de 2003.
63 Juzgado Federal de Rawson, acta de audiencia de 4 de enero de 2001 en la causa contra Néstor Rolando López. Anexo a la comunicación
de los peticionarios de 24 de septiembre de 2003.
64 Anexo 3. Tribunal Superior de Justicia, acuerdo No. 23 de 13 de septiembre de 2002 en la causa contra Néstor Rolando López. Anexo a la
comunicación de los peticionarios de 24 de septiembre de 2003.
65 Anexo 3. Tribunal Superior de Justicia, acuerdo No. 23 de 13 de septiembre de 2002 en la causa contra Néstor Rolando López. Anexo a la
comunicación de los peticionarios de 24 de septiembre de 2003.
66 Anexo 3. Tribunal Superior de Justicia, acuerdo No. 23 de 13 de septiembre de 2002 en la causa contra Néstor Rolando López. Anexo a la
comunicación de los peticionarios de 24 de septiembre de 2003.
67 Anexo 3. Tribunal Superior de Justicia, acuerdo No. 23 de 13 de septiembre de 2002 en la causa contra Néstor Rolando López. Anexo a la
comunicación de los peticionarios de 24 de septiembre de 2003.
68 Anexo 3. Tribunal Superior de Justicia, acuerdo No. 23 de 13 de septiembre de 2002 en la causa contra Néstor Rolando López. Anexo a la
comunicación de los peticionarios de 24 de septiembre de 2003.
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