-4- canales de comunicación entre internos, autoridades y las organizaciones de la sociedad civil. Todo ello evidencia la gravedad de la situación; f) resulta suficiente que los beneficiarios sean "determinables", para otorgarles las referidas medidas de protección. En el presente caso, los beneficiarios de la protección solicitada son las personas privadas de libertad en la Cárcel de Uribana, las personas que puedan ingresar en el futuro en calidad de internos al centro de detención en cuestión, así como las personas visitantes, y g) la solución definitiva de la problemática en los centros de detención venezolanos y, en particular, en la Cárcel de Uribana, requiere también de acciones integrales a mediano y largo plazo. Sin embargo, la urgencia e inminencia en la situación actual demandan del Estado la adopción de acciones que desplieguen impacto inmediato en la situación de riesgo en la que se encuentran las personas privadas de libertad beneficiarias de las medidas de protección. 4. La solicitud de la Comisión Interamericana para que la Corte, con base en el artículo 63.2 de la Convención Americana, requiera al Estado que: a) […] adopte sin dilación todas las medidas de seguridad y control que sean necesarias para preservar la vida e integridad personal de las personas privadas de libertad que residen en […] la Cárcel de Uribana; de las personas que puedan ingresar en el futuro en calidad de internos al centro de detención en cuestión; así como de las personas que ingresen en dicho centro penitenciario en calidad de visitantes; b) […] dote a la Cárcel de Uribana de personal penitenciario de custodia en número suficiente y debidamente capacitado para impedir que se produzcan nuevos hechos de violencia; c) […] lleve a cabo investigaciones serias, completas y prontas en relación con los actos de violencia ocurridos al interior del centro penitenciario […]; individualice a los responsables y les imponga las sanciones correspondientes como mecanismo de prevención para impedir la recurrencia de nuevos hechos de violencia; d) […] adopte, como una de las medidas inmediatas, la separación de los internos encausados y los condenados y de los hombres y mujeres, cumpliendo con las normas internacionales que rigen la materia; e) […] adopte las medidas necesarias para incrementar el número de personal destinado a la seguridad interna del establecimiento, asegurándose que el personal encargado de la custodia y vigilancia de los y las privadas de libertad sean del mismo sexo y reciban previamente entrenamiento adecuado para el cumplimiento de sus funciones, en estricto respeto a los derechos humanos; f) […] adopte en forma inmediata medidas dirigidas a reducir el hacinamiento y decomisar armas y otros ilícitos que se encuentren en el interior del establecimiento; g) [proporcione] una lista completa con nombre y apellido de los/las internas y visitantes que murieron o resultaron heridos en […] la Cárcel de Uribana desde enero de 2006 al presente, indicando además la fecha y circunstancias de los hechos, así como, en el caso de los heridos un detalle sobre el tratamiento médico otorgado[, y] h) [proporcione] una lista completa y actualizada de todas las personas que se encuentran privadas de libertad en […] la Cárcel de Uribana, indicando específicamente el pabellón donde se encuentra recluido/a y el estado procesal de su causa.

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