RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS DE 14 DE MAYO DE 2019 CASO COMUNIDAD INDÍGENA SAWHOYAMAXA VS. PARAGUAY SUPERVISIÓN DE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA VISTO: 1. La Sentencia de fondo, reparaciones y costas emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte”, “la Corte Interamericana” o “el Tribunal”) el 29 de marzo de 20061. La Corte determinó que la República del Paraguay (en adelante “el Estado” o “Paraguay”) incurrió en responsabilidad internacional por haber violado, entre otros 2, los derechos a la propiedad, a las garantías judiciales y a la protección judicial, por no haber garantizado el derecho a la propiedad comunitaria sobre las tierras tradicionales de la Comunidad indígena Sawhoyamaxa, lo cual generó numerosas afectaciones a sus respectivos miembros. El Tribunal estableció que su Sentencia constituye por sí misma una forma de reparación y, adicionalmente, ordenó al Estado determinadas medidas de reparación (infra Considerando 1). 2. Las Resoluciones de supervisión de cumplimiento de Sentencia emitidas por la Corte el 2 de febrero de 2007 3 y el 8 de febrero de 20084 en relación con el presente caso, y el 24 de junio de 2015, mediante la cual se supervisó, de manera conjunta para los tres casos contra Paraguay relativos a las Comunidades indígenas Yakye Axa, Sawhoyamaxa y Xákmok Kásek (en adelante también “los tres casos”), el grado de cumplimiento de las reparaciones relativas a la identificación entrega y titulación de tierras tradicionales a esas comunidades 5. 3. Los informes presentados por el Estado en diciembre de 2015 y enero de 2016. 4. El escrito presentado por los representantes de las víctimas (en adelante “los representantes”)6 en junio de 2016. Cfr. Caso Comunidad Indígena Sawhoyamaxa Vs. Paraguay. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 29 de marzo de 2006. Serie C No. 146. El texto íntegro de la Sentencia se encuentra disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_146_esp2.pdf. La Sentencia fue notificada el 19 de mayo de 2006. 2 El Tribunal también declaró la responsabilidad internacional del Estado por la violación del derecho a la vida y los derechos del niño, por las muertes de un adulto y 18 niños de la Comunidad Sawhoyamaxa, atribuibles al Estado por la falta de adopción de suficientes medidas positivas por parte de éste para prevenir o evitar que se produjeran dichas muertes, cuyas causas fueron diversas enfermedades y problemas de salud, deshidratación y desnutrición. Adicionalmente, se declaró que Paraguay violó el derecho a la personalidad jurídica, en perjuicio de determinados miembros de la Comunidad Sawhoyamaxa que fallecieron y no contaban con registro de nacimiento o defunción, ni algún otro documento otorgado por el Estado que demostrara su identidad. 3 Disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/supervisiones/sawhoyamaxa_02_02_07.pdf. 4 Disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/supervisiones/sawhoyamaxa_08_02_08.pdf. 5 Disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/supervisiones/yakie_24_06_15.pdf. 6 La organización Tierraviva. 1