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informe y garantizando los componentes de accesibilidad y disponibilidad del derecho a
salud; ii) asegurar que los recursos promovidos en vía judicial relacionados con cirugías de
afirmación sean resueltos de manera célere y de manera consistente con la garantía del plazo
razonable; iii) promover la capacitación y entrenamiento de personal médico especialista en
áreas que específicamente atienden las necesidades de las personas trans, no binarias y de
género diverso, para garantizar el acceso inmediato a servicios de salud a estas personas en
un ambiente libre de discriminación y patologización respecto de sus identidades.
Además de la necesidad de obtención de justicia y reparación por la falta de cumplimiento de las
recomendaciones del Informe de Fondo, la Comisión considera que el caso presenta cuestiones de orden
público interamericano. El mismo permitirá a la Honorable Corte pronunciarse sobre la relación existente entre
la cirugía de afirmación sexual con el goce de derechos reconocidos en la Convención Americana, incluido el
derecho a la identidad de género, así como las obligaciones correlativas que tienen los Estados en dicho ámbito.
En virtud de que estas cuestiones afectan de manera relevante el orden público interamericano, de
conformidad con el artículo 35.1 f) del Reglamento de la Corte Interamericana, la Comisión se permite ofrecer
la siguiente declaración pericial:
Perito/a, cuyo nombre será informado a la brevedad, quien declarará sobre la relación existente
entre la cirugía de afirmación sexual y el goce de derechos reconocidos en la Convención Americana, incluido
el derecho a la identidad de género, así como las obligaciones correlativas que tienen los Estados en dicho
ámbito. En la medida de lo pertinente, se referirá a otros sistemas internacionales de protección de derechos
humanos y al derecho comparado. Para ejemplificar el desarrollo de su peritaje, el/la perito/a podrá referirse
a los hechos del caso.
El CV del/la perito/a propuesto/a será incluido en los anexos al Informe de Fondo No. 395/21.
La Comisión pone en conocimiento de la Honorable Corte la siguiente información de quienes actúan
como parte peticionaria en el trámite ante la CIDH conforme a la información más reciente:
Justiça Global
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
Thiago Proença Cremasco
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
Aprovecho la oportunidad para saludar a usted muy atentamente,
Anexo
Jorge Meza Flores
Secretario Ejecutivo Adjunto
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