_____________________________________________________________________________________ informe y garantizando los componentes de accesibilidad y disponibilidad del derecho a salud; ii) asegurar que los recursos promovidos en vía judicial relacionados con cirugías de afirmación sean resueltos de manera célere y de manera consistente con la garantía del plazo razonable; iii) promover la capacitación y entrenamiento de personal médico especialista en áreas que específicamente atienden las necesidades de las personas trans, no binarias y de género diverso, para garantizar el acceso inmediato a servicios de salud a estas personas en un ambiente libre de discriminación y patologización respecto de sus identidades. Además de la necesidad de obtención de justicia y reparación por la falta de cumplimiento de las recomendaciones del Informe de Fondo, la Comisión considera que el caso presenta cuestiones de orden público interamericano. El mismo permitirá a la Honorable Corte pronunciarse sobre la relación existente entre la cirugía de afirmación sexual con el goce de derechos reconocidos en la Convención Americana, incluido el derecho a la identidad de género, así como las obligaciones correlativas que tienen los Estados en dicho ámbito. En virtud de que estas cuestiones afectan de manera relevante el orden público interamericano, de conformidad con el artículo 35.1 f) del Reglamento de la Corte Interamericana, la Comisión se permite ofrecer la siguiente declaración pericial: Perito/a, cuyo nombre será informado a la brevedad, quien declarará sobre la relación existente entre la cirugía de afirmación sexual y el goce de derechos reconocidos en la Convención Americana, incluido el derecho a la identidad de género, así como las obligaciones correlativas que tienen los Estados en dicho ámbito. En la medida de lo pertinente, se referirá a otros sistemas internacionales de protección de derechos humanos y al derecho comparado. Para ejemplificar el desarrollo de su peritaje, el/la perito/a podrá referirse a los hechos del caso. El CV del/la perito/a propuesto/a será incluido en los anexos al Informe de Fondo No. 395/21. La Comisión pone en conocimiento de la Honorable Corte la siguiente información de quienes actúan como parte peticionaria en el trámite ante la CIDH conforme a la información más reciente: Justiça Global XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX Thiago Proença Cremasco XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX Aprovecho la oportunidad para saludar a usted muy atentamente, Anexo Jorge Meza Flores Secretario Ejecutivo Adjunto 4 _____________________________________________________________________________________

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