RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS ∗ DE 5 DE ABRIL DE 2022 CASO POBLETE VILCHES Y OTROS VS. CHILE SUPERVISIÓN DE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA VISTO: 1. La Sentencia de fondo, reparaciones y costas (en adelante “la Sentencia”) dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) el 8 de marzo de 2018 1. 2. Las Resoluciones de supervisión de cumplimiento de sentencia emitidas por la Corte Interamericana el 28 de noviembre de 2018 y el 14 de mayo de 2019 2. 3. Los informes presentados por la República de Chile (en adelante “Chile” o “el Estado”) entre agosto de 2019 y diciembre de 2020; así como los escritos presentados por las víctimas o sus representantes 3 entre enero de 2019 y noviembre de 2021, y los escritos de observaciones presentados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana” o “la Comisión”) entre noviembre de 2019 y septiembre de 2021. 4. Las notas de la Secretaría de la Corte de 14 de mayo, 6 de septiembre y 16 de noviembre de 2021, mediante las cuales, siguiendo instrucciones de la Presidencia, se solicitó al Estado que remitiera un informe sobre todas las medidas de reparación pendientes de cumplimiento, el cual no fue presentado. 5. El escrito de 26 de noviembre de 2021, mediante el cual la víctima Cesia Poblete Tapia expresó su voluntad de ser representada por defensores interamericanos, y el escrito de 21 de diciembre de 2021 en el cual AIDEF designó a los defensores interamericanos que la representarían 4. La Jueza Patricia Pérez Goldberg, de nacionalidad chilena, no participó en el conocimiento y deliberación de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 del Reglamento de la Corte. Debido a las circunstancias excepcionales ocasionadas por la pandemia COVID-19, esta Resolución fue deliberada y aprobada durante el 147° Período Ordinario de Sesiones, el cual se llevó a cabo de forma no presencial utilizando medios tecnológicos de conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Corte. 1 Cfr. Caso Poblete Vilches y otros Vs. Chile. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 8 de marzo de 2018. Serie C No. 349. El texto íntegro de la Sentencia se encuentra disponible en: https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_349_esp.pdf. La Sentencia fue notificada el 21 de junio de 2018. 2 Dichas Resoluciones de supervisión de cumplimiento de sentencia se encuentran disponibles en: https://www.corteidh.or.cr/supervision_de_cumplimiento.cfm. 3 Entre junio de 2019 y diciembre de 2021 las víctimas asumieron su propia representación, y a partir del 21 de diciembre de 2021 la víctima Cesia Poblete Tapia se encuentra representada por defensores interamericanos. 4 El abogado Octavio Sufán y la abogada Silvia Martínez. *

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