RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENTA DE LA
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
DE 13 DE FEBRERO DE 2020
CASO FLORES BEDREGAL Y OTRAS VS. BOLIVIA
CONVOCATORIA A AUDIENCIA PÚBLICA
VISTO:
1.
El escrito de sometimiento del caso y el Informe de Fondo de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana” o “la
Comisión”); el escrito de solicitudes, argumentos y pruebas (en adelante el “escrito de
solicitudes y argumentos”) de los representantes de las presuntas víctimas1 (en adelante “los
representantes”), y el escrito de excepciones preliminares y de contestación al sometimiento
del caso y al escrito de solicitudes y argumentos (en adelante “escrito de contestación”) del
Estado Plurinacional de Bolivia (en adelante “Bolivia” o “el Estado”).
2.
La comunicación de la Secretaría de 6 de junio de 2019 relativa a la procedencia del
Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en
adelante “Fondo de Asistencia Legal”).
3.
Las listas definitivas de declarantes presentadas por los representantes, el Estado y la
Comisión, así como las observaciones formuladas por el Estado a dichos escritos.
CONSIDERANDO QUE:
1.
El ofrecimiento y la admisión de la prueba, así como la citación de declarantes se
encuentran regulados en los artículos 35.1.f, 40.2.c, 41.1.c, 46, 47, 50 y 57 del Reglamento
de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte” o “el Tribunal”).
2.
La Comisión ofreció como prueba una declaración pericial. Los representantes
ofrecieron las declaraciones de tres declarantes, tres peritajes, y se adhirió al peritaje ofrecido
por la Comisión. El Estado propuso la declaración de un testigo.
1
Los representantes designados son los señores Rafael Humberto Subieta Tapia y André Rodolfo Lange
Schultze y la señora Karinna Fernández Neira.