RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENTA DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS DE 13 DE FEBRERO DE 2020 CASO FLORES BEDREGAL Y OTRAS VS. BOLIVIA CONVOCATORIA A AUDIENCIA PÚBLICA VISTO: 1. El escrito de sometimiento del caso y el Informe de Fondo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana” o “la Comisión”); el escrito de solicitudes, argumentos y pruebas (en adelante el “escrito de solicitudes y argumentos”) de los representantes de las presuntas víctimas1 (en adelante “los representantes”), y el escrito de excepciones preliminares y de contestación al sometimiento del caso y al escrito de solicitudes y argumentos (en adelante “escrito de contestación”) del Estado Plurinacional de Bolivia (en adelante “Bolivia” o “el Estado”). 2. La comunicación de la Secretaría de 6 de junio de 2019 relativa a la procedencia del Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “Fondo de Asistencia Legal”). 3. Las listas definitivas de declarantes presentadas por los representantes, el Estado y la Comisión, así como las observaciones formuladas por el Estado a dichos escritos. CONSIDERANDO QUE: 1. El ofrecimiento y la admisión de la prueba, así como la citación de declarantes se encuentran regulados en los artículos 35.1.f, 40.2.c, 41.1.c, 46, 47, 50 y 57 del Reglamento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte” o “el Tribunal”). 2. La Comisión ofreció como prueba una declaración pericial. Los representantes ofrecieron las declaraciones de tres declarantes, tres peritajes, y se adhirió al peritaje ofrecido por la Comisión. El Estado propuso la declaración de un testigo. 1 Los representantes designados son los señores Rafael Humberto Subieta Tapia y André Rodolfo Lange Schultze y la señora Karinna Fernández Neira.

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