RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS 1 DE 21 DE MAYO DE 2013 CASO GONZÁLEZ Y OTRAS (“CAMPO ALGODONERO”) VS. MÉXICO SUPERVISIÓN DE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA VISTO: 1. La Sentencia de Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte”, “la Corte Interamericana” o “el Tribunal”) el 16 de noviembre de 2009, en la cual la Corte aceptó el reconocimiento parcial de responsabilidad internacional realizado por el Estado y declaró, entre otras cosas, que se violaron los derechos a la vida, integridad personal y libertad personal, en relación con la obligación general de garantía y la obligación de adoptar disposiciones de derecho interno, establecidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante la “Convención”), así como con las obligaciones contempladas en el artículo 7.b y 7.c de la Convención Belém do Pará, en perjuicio de Claudia Ivette González, Laura Berenice Ramos Monárrez y Esmeralda Herrera Monreal, quienes fueron encontradas asesinadas en un campo algodonero de Ciudad Juárez el día 6 de noviembre de 2001. Igualmente, el Tribunal declaró que se incumplió con el deber de investigar -y con ello el deber de garantizar- los derechos a la vida, integridad personal y libertad personal. Además, se violaron los derechos de acceso a la justicia y protección judicial, así como el deber de no discriminación en relación con el deber de garantía de los derechos a la vida, integridad personal y libertad personal. 2. El escrito de 13 de junio de 2010, mediante el cual los representantes se refirieron a la implementación del presente caso. 3. Las comunicaciones del 10 de diciembre de 2010, 12 de diciembre de 2011, y 22 de enero de 2013, mediante las cuales los Estados Unidos Mexicanos (en adelante “el Estado” o “México”) presentaron el primer, segundo y tercer informe, respectivamente, sobre el cumplimiento de la Sentencia dictada por el Tribunal en el presente caso (supra Visto 1). 4. Los escritos de 30 de mayo de 2011 y 21 de junio de 2012, mediante los cuales los representantes de las víctimas (en adelante “los representantes”) presentaron sus 1 El Juez Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot, de nacionalidad mexicana, no participó en la discusión de la presente Resolución, de conformidad con los artículos 19.2 del Estatuto y 19 del Reglamento de la Corte.

Select target paragraph3