-15Estado informó que “[e]n el caso de Ana Luz Prisciliano Fernández, quien ya cuenta con la
mayoría de edad”, ya fue emitido un cheque a su nombre por la correspondiente cantidad.
31. El Estado en el caso Rosendo Cantú y otra informó que “[contaba] con seis cheques
expedidos” que “ampar[aban] el pago de las indemnizaciones por concepto de daño material
e inmaterial” a favor de Valentina Rosendo Cantú y el pago por concepto de costas y gastos
a favor de Valentina Rosendo Cantú37, CEJIL y el Centro de Derechos Humanos de la
Montaña “Tiachinollan”)38. Asimismo, indicó que “el 30 de agosto de 2013” se acordó con los
representantes el pago de la indemnización por concepto de daño inmaterial, intereses y
mora a favor de Yenys Bernardino Rosendo a través de un fideicomiso por la cantidad
aproximada de US$21,091.56 (veintiún mil noventa y un dólares de los Estados Unidos de
América). México sostuvo que esta cantidad sería depositada “en una subcuenta del
fideicomiso […] creada a nombre de la niña Yenys Bernardino Rosendo, para que […] ésta
pueda generar los intereses correspondientes y se pueda hacer uso de la misma cuando la
beneficiaria cumpla la mayoría de edad”.
32. En ambos casos el Estado alegó que los nuevos montos de indemnización fueron
calculados en base a la “indemnización estipulada en la sentencia […] más los intereses por
la mora en que ha incurrido el Estado a partir del día de emisión de la sentencia [tomando
en cuenta el plazo de exigibilidad, de un año a partir de la notificación], y la actualización de
las cantidades basadas en el tiempo transcurrido” calculado este en relación al valor perdido
que ha sufrido el monto ordenado por la Corte, a través de los índices de inflación emitidos
por el Banco de México.
33. En el caso Fernández Ortega y otros los representantes informaron que las
“indemnizaciones correspondientes a la señora Fernández Ortega, a su esposo el señor
[Prisciliano Sierra] y a su hija Noemí Prisciliano Fernández fuer[on] efectivamente
“cumplimentada[s]”, así como también el pago de costas y gastos a Inés Fernández Ortega39
y a las organizaciones CEJIL y Tlachinollan. Adicionalmente, confirmaron la constitución del
fideicomiso para el pago de la indemnización, intereses y mora mediante “tres subcuentas” a
favor de los tres hijos menores de edad de la señora Fernández Ortega: Colosio, Nélida y
Neftalí, de común acuerdo. Asimismo, informaron sobre el pago de la indemnización a favor
de Ana Luz Prisciliano Fernández “al haber alcanzado la mayoría de edad”, mediante un
cheque por el monto acordado. Los representantes en el caso Rosendo Cantú y otra
reconocieron que fueron realizados los pagos de la “indemnización correspondiente a la
señora Valentina Rosendo Cantú” y de las costas y gastos debidos a la señora Rosendo
Cantú40, CEJIL y Tlachinollan. Adicionalmente, confirmaron la constitución del fideicomiso
para el pago de la indemnización, intereses y mora a favor de Yenys Bernardino Rosendo de
común acuerdo. Por último, los representantes en ambos casos sostuvieron que “el 6 de
diciembre de 2013 fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación las ´Reglas de
Operación del fideicomiso para el cumplimiento de obligaciones en materia de los Derechos
Humanos´”, mediante las cuales se constató la constitución del fideicomiso.
37
Cfr. acta administrativa que se formula para hacer constar la entrega-recepción de los cheques, llevada a
cabo el 11 de octubre de 2011 en la ciudad de México (Anexo 4 al segundo Informe de cumplimiento presentado
por el Estado el 4 de mayo de 2012 en el caso Rosendo Cantú y otra) .
38
Cfr. acta administrativa que se formula para hacer constar la entrega-recepción del cheque, llevada a cabo
el 16 de noviembre de 2011 en la ciudad de México (Anexo 5 al segundo Informe de cumplimiento presentado por
el Estado el 4 de mayo de 2012 en el caso Rosendo Cantú y otra).
39
Escrito de observaciones de los representantes de las víctimas presentado el 7 de junio de 2012 en el caso
Fernández Ortega y otros.
40
Escrito de observaciones de los representantes de las víctimas presentado el 7 de junio de 2012 en el caso
Rosendo Cantú y otra.