7 Presuntas víctimas propuestas por los representantes 1) Amílcar Salazar Castillo, quien declarará sobre: i. las investigaciones de los hechos de la masacre y la respuesta de las autoridades; ii. las consecuencias que ha tenido en él y en otros familiares de víctimas de la masacre la supuesta falta de justicia, y iii. las medidas que debería adoptar el Estado para la reparación de las supuestas violaciones a sus derechos. 2) Francisco Arreaga Alonzo, quien declarará sobre: i. las investigaciones de los hechos de la masacre y la respuesta de las autoridades; ii. las consecuencias que ha tenido en él y en otros familiares de víctimas de la masacre la supuesta falta de justicia, y iii. las medidas que debería adoptar el Estado para la reparación de las supuestas violaciones a sus derechos. Peritos propuestos por los representantes 1) Nieves Gómez Dupuis, [Coordinadora de un programa de intervención psicosocial en víctimas de tortura en el Equipo de Estudios Comunitarios y de Acción Psicosocial (ECAP)], quien rendirá peritaje sobre: i. los efectos que ha tenido en las presuntas víctimas sobrevivientes de la Masacre de Las Dos Erres y en los familiares de las presuntas víctimas la supuesta falta de justicia y verdad a través de los años, y ii. las características que debe tener un programa adecuado de atención psicológica a estas afectaciones, así como otras medidas que debe adoptar el Estado para reparar las supuestas violaciones cometidas. 2) Marco Antonio Garavito Fernández, [Director de la Liga Guatemalteca de Higiene Mental] quien, a partir del trabajo realizado por la Liga, rendirá peritaje sobre: i. los efectos que la separación de sus familias y la alteración de su identidad tiene en los niños desaparecidos, y ii. las medidas que el Estado debería adoptar para hacer frente a este fenómeno. 2. Requerir a los representantes que coordinen y realicen las diligencias necesarias para que las personas mencionadas en el punto resolutivo primero rindan sus declaraciones y dictámenes a través de declaración ante fedatario público (affidávit), y que las remitan a la Corte Interamericana a más tardar el 9 de junio de 2009. 3. Solicitar a la Secretaría de la Corte que, una vez recibidos las declaraciones de las presuntas víctimas y dictámenes mencionados en el punto resolutivo primero, los transmita a las partes para que, en un plazo improrrogable de siete días contado a partir de su recepción, presenten las observaciones que estimen pertinentes. 4. Convocar a la Comisión Interamericana, a los representantes y al Estado, a una audiencia pública que se celebrará en el XL Período Extraordinario de Sesiones, en la Ciudad de La Paz, República de Bolivia, a partir de las 09:00 horas del 14 de julio de 2009 para

Select target paragraph3