La fase instructiva del proceso abierto por el homicidio del señor García Valle se realizó bajo el
procedimiento de carácter inquisitivo establecido en el Código de Instrucción Criminal (IN), que
estuvo vigente hasta el 23 de diciembre de 2002.
46.
En su declaración ad-inquirendum de 16 de abril de 2002, la señora Acosta manifestó
que su marido no tenía problemas con nadie; que probablemente la razón del homicidio es que
querían matarla a ella y no la habían encontrado; señaló a PT y PMF como posibles autores
intelectuales del hecho, en relación con la asesoría legal que ella brindaba a comunidades
indígenas, contrarias a los intereses de aquéllos; y señaló que una persona de nombre CJP
podría estar vinculado47.
47.
Entre el 13 y el 19 de abril de 2002, el juez recibió declaraciones de cuatro testigos y la
indagatoria de CJP, quien manifestó que no sabía nada del homicidio; llevó a cabo una
inspección ocular en el domicilio de la señora Acosta (acompañado por la Fiscal Auxiliar de
Justicia, la señora Acosta como la parte ofendida del proceso y PMF como indagado) 48; y ordenó
a dos entidades bancarias y a la compañía telefónica que presentaran información sobre
movimientos bancarios y registros telefónicos realizados por Ivan Argüello, así como registros
de ingresos de llamadas a los teléfonos de la señora Acosta y su esposo 49.
C.1
Imputación contra la señora Acosta por el delito de encubrimiento
en la misma instrucción por el homicidio
48.
A las 2:30 p.m. del 19 de abril de 2002, PT y PMF rindieron su declaración indagatoria
ante el Juez de Distrito del Crimen de Bluefields y ambos se declararon inocentes en el
homicidio del señor García Valle. La señora Acosta solicitó al juez que ordenara la retención
migratoria de PT y PMF y el juez así lo dispuso respecto de PT. En su declaración, PMF solicitó al
juez que citara a la señora Acosta para que rindiera declaración en calidad de indagada como
encubridora de los criminales que cometieron el homicidio50. Mediante auto dictado por la tarde
de ese mismo día, el juez así lo ordenó, fijando el 22 de abril de 2002 como fecha para que ella
rindiera indagatoria, previniéndosele para que nombrara un defensor o, en caso contrario, se le
nombraría uno de oficio. En este mismo auto, y a solicitud de la Fiscal Auxiliar de Justicia,
ordenó realizar allanamiento y registro domiciliar en la residencia de PT51.
49.
Preocupada por su seguridad, la señora Acosta y sus hijos salieron de Bluefields ese
mismo 19 de abril de 2002 custodiada por un agente por la Policía Nacional y cambiaron su
domicilio a la ciudad de Chinandega52. Esta circunstancia fue informada al juez por la Fiscal
47
Cfr. Declaración Ad-Inquirendum de María Luisa Acosta Castellón, 16 de abril de 2002 (expediente de prueba, folios 141 a 145 y
folios 2821 a 2825).
48
En las quejas disciplinarias interpuestas, la señora Acosta manifestó que el día 18 de abril de 2002, el juez Acuña Cambronero llegó
a realizar la inspección ocular a su casa de habitación en el mismo carro con PMF y que se marchó en el mismo carro (Cfr. Escrito de queja
presentado por la señora Acosta ante la Comisión de Régimen Disciplinario de la Corte Suprema de Justicia, 10 de mayo de 2002,
expediente de prueba, f. 615).
49
Cfr. Expediente judicial de primera instancia, folios 83 y 84; Acta de Inspección Ocular, Juez de Distrito del Crimen de Bluefields, 18
de abril de 2002; Solicitud de allanamiento de la Fiscal Auxiliar de Justicia al Juzgado de Distrito del Crimen de Bluefields, 19 de abril de 2002;
Orden de allanamiento y registro domiciliar del Juzgado de Distrito del Crimen de Bluefields, 19 de abril de 2002; Oficios del Juez de Distrito
del Crimen de Bluefields dirigido al Gerente del banco Bancentro, al Gerente del banco Calley Dagnall y al delegado de la compañía Enitel, 19
de abril de 2002 (expediente de prueba ff. 206 a 286).
50
Cfr. Declaración indagatoria de PMF y de PT, 19 de abril de 2002 (expediente de prueba ff. 288 a 296) y escrito de 19 de abril de
2002 presentado por PMF ante el Juez de Distrito del Crimen de Bluefields (expediente de prueba f. 2446).
51
Cfr. Cédula judicial del Juzgado de Distrito del Crimen de Bluefields, 19 de abril de 2002 (expediente de prueba f.298).
52
Cfr. Comunicado de María Luisa Acosta Castellón, 22 de agosto de 2002 (expediente de prueba f. 199); escrito de la Fiscal Auxiliar
de Justicia, 24 de abril de 2002. Expediente judicial de primera instancia No. 110-02, folio 132 (expediente de prueba, folio 201). Ver
también declaración de la señora Acosta en la audiencia pública ante la Corte.
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