discapacidad especialmente respecto de su alcance específico respecto del derecho a la salud y la
seguridad social. En particular el/la perito/a se referirá a los apoyos, protecciones y elementos que
deben comprender los sistemas de salud y de seguridad social para las personas que desarrollan
discapacidades como consecuencia de enfermedades, incluyendo las características de los recursos
judiciales y administrativos idóneos y efectivos para el disfrute del derecho a la salud a la luz del corpus
iuris aplicable a la niñez con discapacidad. Para ejemplificar el desarrollo de su peritaje, podrá referirse a
los hechos del caso.
El CV del/la perito/a ofrecido/a será incluido en los anexos al Informe de Fondo Nº 107/18.
La Comisión pone en conocimiento de la Corte la siguiente información sobre la representación
de la víctima:
Ramiro Álvaro Vera Luza (padre)
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Carolina Andrea del Pilar Rojas Farías (madre)
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Magdalena Garcés (abogada)
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Karinna Fernández (abogada)
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Aprovecho la oportunidad para saludar a usted muy atentamente,
Firmado en el original
Marisol Blanchard
Secretaria Ejecutiva Adjunta a.i.
Sistema de Casos y Peticiones
Anexo
4