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Herrera, abogados, el Estado informó que “[se] les ha facilitado a los beneficiarios la
seguridad requerida” a través de la Oficina del Jefe de la Policía Nacional. Durante la
audiencia, el Estado sostuvo que la Procuraduría General de la República ha contactado
vía telefónica y por la vía legalmente establecida según el ordenamiento jurídico local, a
los representantes legales para ofertarles escoltas de seguridad para ellos y sus clientes
o para el traslado a un domicilio más seguro, así como coordinar la participación de los
beneficiarios de la planificación e implementación de dichas medidas de protección, pero
éstos nunca se habrían presentado o nunca habrían accedido a las ofertas de las
autoridades.
16.
Igualmente, el Estado indicó que “bajo ninguna circunstancia o escenario la vida
de los señores Yuverky Almonte Herrera, Joel Almonte, Genaro Rincón y Francisco de
León Herrera, ni la de otros familiares que no son beneficiarios de las medidas
provisionales se han visto en peligro ni antes, pero mucho menos después de que el
Tribunal ordenara tales medidas”. El Estado, sin embargo, reconoció que “ha afrontado
serias dificultades para implementar las medidas que garanticen la seguridad personal
de los beneficiarios”. En esta línea, sostuvo que los beneficiarios deben viabilizar la
aplicación de las medidas propias de protección a su vida y seguridad personal por parte
de las autoridades gubernamentales, legalmente competentes para realizar dichas
funciones, por lo que deben colaborar con las autoridades para la efectiva
implementación de las medidas.
17.
En cuanto a la señora Ana Josefa Montilla, quien no se encontraría en la
República Dominicana, el Estado solicitó que cada vez que entre al país se lo notifique a
las autoridades competentes para que éstas a su vez puedan tomar las medidas de lugar
y protegerle su vida y seguridad personal acorde como lo ha ordenado la Corte en dichas
medidas provisionales.
18.
Por su parte, los beneficiarios y representantes afirmaron que ni los abogados ni
los familiares del señor Almonte Herrera han sido contactados por el Estado para la
implementación de las medidas provisionales, con excepción de dos entrevistas
realizadas ante la Procuraduría General de la República. Además, reiteraron su oposición
a que la implementación de las medidas de seguridad sea realizada por parte de la
Policía Nacional, pues esto debería corresponder a un equipo multidisciplinario.
Finalmente, señalaron que los esfuerzos del Ministerio Público para esclarecer el caso y
presentar acusación contra los supuestos autores y partícipes han sido insuficientes.
Respecto a la situación de riesgo, manifestaron de forma genérica que han “seguido
corriendo el mismo riesgo”. En cuanto a la señora Ana Josefa Montilla, indicaron que “la
última vez que entró a la República Dominicana fue en el 2010”.
19.
La Comisión Interamericana sostuvo que, conforme a las particularidades del
presente asunto, las personas asignadas a la protección de los beneficiarios no deberían
tener relación con la Policía Nacional. La Comisión consideró que existen elementos
suficientes para poder presumir el riesgo respecto de los beneficiarios, toda vez que los
supuestos responsables de la desaparición de Juan Almonte Herrera son personas que
aún se encuentran en activo.
20.
Los representantes no han presentado información respecto a la situación de los
beneficiarios desde el 27 de marzo de 2012 (supra Visto 6). Por su parte, la Comisión
Interamericana, que fue la que solicitó las medidas provisionales, no ha presentado
información alguna desde el 6 de junio de 2013 (supra Visto 9) y recientemente, a
solicitud de la Corte, indicó que la petición presentada en relación con estas medidas fue
trasladada al Estado mediante comunicación de 23 de febrero de 2012 y se encuentra