constancias sumariales, prima facie, procedía a recalificar el delito a “robo agravado por el empleo
de arma”, figura que se encuentra prevista y sancionada por el artículo “166 inc. 2° del Código
Penal”, “con semiplena prueba de la autoría y responsabilidad penal de José Luis Hernández [y
otro] en el hecho descripto” 30. En razón de ello, el Juez de la Causa resolvió convertir la detención
en prisión preventiva 31.
26. El 28 de septiembre de 1990, el señor Hernández fue condenado a cinco años de prisión,
accesorias legales y costas por el delito de robo agravado por su comisión con arma de fuego 32.
El 21 de mayo de 1991, la Cámara de Apelaciones en lo Criminal modificó tanto la calificación
legal del delito como el monto de la pena del señor Hernández a “tentativa de robo agravado por
la comisión con armas” y a dos años y ocho meses de prisión de cumplimiento efectivo,
respectivamente 33. El 29 de mayo de 1991, y derivado de que el señor Hernández había observado
buena conducta, se había sometido a los reglamentos carcelarios, había cumplido más de dos
terceras partes de la pena de 2 años 8 meses de prisión que había impuesto y no era reincidente,
se resolvió concederle la libertad condicional 34. El señor Hernández permaneció privado de su
libertad por un periodo aproximado de dos años y tres meses.
B. Condiciones de la detención de José Luis Hernández y denuncias sobre su
estado de salud
27. El señor José Luis Hernández estuvo detenido del 7 de febrero de 1989 al 3 de agosto de
1990 en la Comisaría de la localidad de Monte Grande, Provincia de Buenos Aires (en adelante
“Comisaría de Monte Grande”) 35. El día de su detención, y una vez trasladado a la Comisaría de
Monte Grande, el señor Hernández fue sometido a un examen físico practicado por un médico en
el cual se determinó que se encontraba “lúcido… y auto-psíquicamente ubicado, sin signos de
intoxicación y al examen de la superficie corporal no presenta[ba] lesiones traumáticas
recientes” 36.
28. El 20 de marzo de 1989, el entonces Jefe de la Policía de la Provincia de Buenos Aires (en
adelante “Jefe de la Policía”) solicitó el traslado del señor Hernández de la Comisaría de Monte
Grande a la Unidad Carcelaria correspondiente, fundamentando el pedido en “la gran cantidad de
detenidos que se hayan alojados en esta seccional estableciéndose que existe en dicha población
malestar por el estado en que se hallan, al no tener espacio físico suficiente” 37. El 29 de marzo de
1989 el Juez de la Causa ordenó su traslado a la Unidad Carcelaria N° 1 del Servicio Penitenciario
de la Provincia de Buenos Aires (en adelante “la Unidad Carcelaria”) 38. El señor Hernández fue
30
Resolución del Juzgado en lo Criminal No. 4 de Lomas de Zamora de 14 de febrero de 1989 (prueba para mejor
resolver, folio 427).
31
Cfr. Resolución del Juzgado en lo Criminal No. 4 de Lomas de Zamora de 14 de febrero de 1989 (prueba para
mejor resolver, folio 430).
Cfr. Fallo del Juzgado en lo Criminal No. 4 de Lomas de Zamora de 28 de septiembre de 1990 (prueba para mejor
resolver, folio 587).
32
33
Cfr. Sentencia de la Sala Primera de la Cámara de Apelación en lo Criminal y Correccional Departamental de
Lomas de Zamora de 21 de mayo de 1991 (prueba para mejor resolver, folios 682 y 683).
34
Cfr. Sentencia del Juez de la Causa de 29 de mayo de 1991 (prueba para mejor resolver, folio 752).
Cfr. Resolución del Comisario de Monte Grande de 7 de febrero de 1989 sobre la detención del señor Hernández
y Oficio del Prefecto de la Unidad Olmos, del Servicio Penitenciario de la Provincia de Buenos Aires de 3 de agosto de 1990
que informa su ingreso a la Unidad Carcelaria No. 1 (prueba para mejor resolver, folios 361 y 362 y 562).
35
36
Informe del Médico de Policía de la Comisaría de Monte Grande de 7 de febrero de 1989 (prueba para mejor
resolver, folio 378).
37
Nota 319 del Comisario de Monte Grande dirigida al Juez en lo Criminal de Lomas de Zamora de 20 de marzo de
1989 (prueba para mejor resolver, folio 487).
38
Cfr. Comunicación de peticionarios de 19 de agosto de 1998 (expediente de prueba, folio 285) y acuerdo del Juez
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