6 4. Reafirma como su política de Estado la promoción y protección de los derechos humanos y expresa su respeto y consideración por la víctima y sus familiares y pide perdón por los hechos ocurridos. 5. Entiende que el presente reconocimiento de responsabilidad constituye en sí mismo, una medida de satisfacción dirigida a la dignificación de la víctima y sus familiares. 6. Solicita a la Honorable Corte si lo tiene a bien, conceder la oportunidad procesal para que el Estado y los Representantes de la víctima y sus familiares, con la facilitación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, intenten una solución amistosa sobre reparaciones y costas, para lo cual el Estado propone un término máximo de seis meses. 7. En el caso que lo anterior no fuera aceptado, el Estado [s]olicita a la Honorable Corte se valore el reconocimiento efectuado y se le atribuya plenos efectos jurídicos, de manera que se entienda agotada la etapa de fondo y la audiencia se dirija al estudio de reparaciones y costas. 8. El Estado precisa que esta declaración no implica ponderación ni valoración de responsabilidades penales individuales. 27. Los días 10 y 11 de marzo de 2005 se celebró la audiencia pública, en la cual comparecieron: a) por la Comisión Interamericana: Juan Pablo Albán, Asesor; Lilly Ching, Asesora; Verónica Gómez, Asesora; y Víctor H. Madrigal Borloz, Asesor; b) por los representantes: Viviana Krsticevic, Directora Ejecutiva del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (en adelante “CEJIL”); Roxana Altholz, abogada de CEJIL; Rafael Barrios, abogado de la Corporación Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo”; Eduardo Carreño, abogado de la Corporación Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo”; y Jomary Ortegón, abogada de la Corporación Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo”; y c) por el Estado: Julio Aníbal Riaño, Embajador, Luz Marina Gil García, Agente; Luis Alfonso Novoa, Agente alterno; Janneth Mabel Lozano Olave, Asesora; Dionisio Araujo, Asesor; Priscila Gutiérrez Cortés, Asesora; y Margarita Manjarrez Herrera, Asesora. Asimismo, comparecieron Wilson Gutiérrez Soler, testigo propuesto por la Comisión Interamericana y por los representantes; Ricardo Gutiérrez Soler, testigo propuesto por los representantes; María Cristina Nunes de Mendonça, perito propuesta por la Comisión Interamericana; y Ana Deutsch y Jaime Prieto, peritos propuestos por los representantes. 28. En el curso de la audiencia pública celebrada, el Estado reiteró lo señalado en su escrito de 9 de marzo de 2005 (supra párr. 26), es decir, que retiraba las excepciones preliminares interpuestas y que reconocía su responsabilidad internacional en el presente caso. 29. En la misma audiencia pública, en relación con el reconocimiento de responsabilidad efectuado por el Estado, la Comisión manifestó lo siguiente: La Comisión desea saludar efusivamente y expresar su satisfacción por el allanamiento hecho público por la República de Colombia, respecto de su responsabilidad internacional, por la violación de la Convención Americana, en relación con los hechos de la demanda que presentó en el caso de la detención ilegal, tortura y violación de las garantías judiciales del señor Wilson Gutiérrez Soler. La Comisión desea destacar, particularmente, las palabras de la declaración que expresan respeto, y consideración por la víctima y sus familiares y el gesto de contrición que acabamos de presenciar y mediante las cuales se les pide perdón en el nombre del Estado y las recibe como el paso inicial en el proceso de reparar el daño causado. La Comisión sabe que los hechos y las consideraciones de derecho, incluidas en la sentencia que emitirá la Honorable Corte en este caso, serán una invaluable contribución a alcanzar el objeto y fin de la Convención Americana, en el Sistema Interamericano.

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