-19sujeta a las formalidades requeridas para las pruebas testimoniales. No obstante, su valor
probatorio dependerá de que corroboren o se refieran a aspectos relacionados con el caso
concreto 47.
VI.
HECHOS
57.
En el presente capítulo la Corte hará referencia en lo pertinente a ciertos hechos que se
refieren a eventos ocurridos antes de la aceptación por el Estado de la competencia contenciosa
de la Corte (supra párr. 14), los cuales únicamente serán tomados en cuenta con la finalidad de
aclarar el marco fáctico del presente caso. En ese sentido se exponen los hechos de acuerdo al
siguiente orden: a) los pueblos indígenas Kuna y Emberá en Panamá y el marco normativo
interno; b) la construcción del Complejo Hidroeléctrico del Bayano y traslado de la población
indígena; c) los hechos ocurridos con posterioridad al traslado de la población indígena; d) las
incursiones de personas no indígenas y la creación de la Comarca Kuna de Madungandí (19901996); e) las Mesas de Concertación del Programa de Desarrollo Sostenible del Darién (19962001) y la demarcación de la Comarca Kuna de Madungandí; f) la búsqueda de un acuerdo de
solución amistosa ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Comisión
Indígena – Gubernamental (2001 – 2006); g) la creación de la Comisión de Alto Nivel
Presidencial, el establecimiento de un procedimiento para la adjudicación de la propiedad
colectiva de tierras indígenas y la delimitación de tierras Emberá (2007-2013), y h) las acciones
administrativas y judiciales llevadas a cabo por los pueblos Kuna y Emberá para la protección de
sus tierra.
A. Pueblos indígenas Kuna y Emberá en Panamá; marco normativo interno
58.
La población indígena en Panamá asciende a 417,559 personas, representando el 12.3%
de la población, según el censo realizado en 2010 48. Los pueblos indígenas de Panamá están
constituidos por siete grupos: Ngäbe, Kuna, Emberá, Buglé, Wounaan, Naso y Bri-bri 49. Los
territorios ancestrales de los pueblos indígenas de Panamá cubren una extensión de más de
22.7% del territorio nacional 50. Al menos desde 1930 se establecieron varias reservas
indígenas 51, incluyendo las tierras habitadas por los pueblos indígenas en el Alto Bayano 52. La
superficie de la reserva del Alto Bayano consistía de 87,321 Hectáreas (873.21 Km²) 53. Dicha
47
Cfr. Caso Radilla Pacheco Vs. México. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 23
de Noviembre de 2009. Serie C No. 209, párr. 72, y Caso de las Comunidades Afrodescendientes Desplazadas de la
Cuenca del Río Cacarica (Operación Génesis) Vs. Colombia, párr. 47.
48
Cfr. Resultados finales básicos – censos nacionales de 2010 de la República de Panamá, Instituto Nacional de
Estadística y Censo, 15 de diciembre de 2010 (expediente de prueba, folios 7903 a 8178, y 7909).
49
Cfr. Informe estatal de 28 de abril de 2010 (expediente de prueba, folio 3929).
Informe estatal de 28 de abril de 2010 (expediente del trámite ante la Comisión, folio 3929).
50
Cfr. Informe estatal de 28 de abril de 2010 (expediente de prueba, folio 3929).
51
Cfr. Ley 59 de 12 de diciembre de 1930 “sobre reservas indígenas”, Gaceta Oficial No. 5901 de 7 de enero de
1931 (expediente de prueba, folios 7314 a 7315; Ley 18 de 8 de noviembre de 1934 “sobre Reservas Indígenas”,
Gaceta Oficial No. 6934de 13 de noviembre de 1934 (expediente de prueba, folios 7317 a 7318), y Ley 20 de 31 de
enero de 1957 “por la cual se declaran reservas indígenas la Comarca de San Blas y algunas tierras en la Provincia del
Darién [y se modifican algunos artículos de distintas leyes]”, Gaceta Oficial No. 13.282 de 28 de junio de 1957
(expediente de prueba, folios 7342 a 7344).
52
Cfr. Ley 18 de 8 de noviembre de 1934 “sobre Reservas Indígenas”, Gaceta Oficial No. 6934de 13 de
noviembre de 1934 (expediente de prueba, folios 7317 a 7318).
53
Cfr. Mesas de Concertación de Zona Bayano, Documento final de diagnóstico, Ministerio de Economía y
Finanzas – Programa Desarrollo Sostenible de Darién, 30 de junio de 1999(expediente de prueba, folio 336); Informe y