23 de abril de 2015 REF.: Caso No. 12.655 I.V. Bolivia Señor Secretario: Tengo el agrado de dirigirme a usted, en nombre de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, con el objeto de someter a la jurisdicción de la Honorable Corte Interamericana de Derechos Humanos, el caso No. 12.655 - I.V., respecto al Estado Plurinacional de Bolivia (en adelante “el Estado de Bolivia”, “el Estado boliviano” o “Bolivia”) relacionado con la responsabilidad internacional del Estado por la intervención quirúrgica a la que fue sometida la señora I.V en un hospital público el 1 de julio de 2000. Esta intervención, consistente en una salpingoclasia bilateral o ligadura de trompas, fue efectuada sin que se tratara de una situación de emergencia y sin el consentimiento informado de la señora I.V, quien sufrió la pérdida permanente y forzada de su función reproductora. La Comisión concluyó que la intervención quirúrgica constituyó una violación a la integridad física y psicológica de la señora I.V, así como a su derecho a vivir libre de violencia y discriminación, de acceso a la información y a la vida privada y familiar, entendiendo la autonomía reproductiva como parte de tales derechos. La Comisión también concluyó que el Estado no proveyó a la víctima de una respuesta judicial efectiva frente a tales vulneraciones. El Estado se adhirió a la Convención Americana sobre Derechos Humanos el 19 de julio de 1977 y aceptó la competencia de la Corte el 27 de julio de 1993. La Comisión ha designado al Comisionado, Paulo Vannuchi; al Relator Especial para la Libertad de Expresión, Edison Lanza; y al Secretario Ejecutivo, Emilio Álvarez Icaza L. como sus delegados. Asimismo, Elizabeth Abi-Mershed, Secretaria Ejecutiva Adjunta y Silvia Serrano Guzmán, Rosa Celorio y Ona Flores, abogadas de la Secretaría Ejecutiva de la CIDH, actuarán como asesoras legales. De conformidad con el artículo 35 del Reglamento de la Corte Interamericana, la Comisión adjunta copia del informe 72/14 elaborado en observancia del artículo 50 de la Convención, así como copia de la totalidad del expediente ante la Comisión Interamericana (Apéndice I) y los anexos utilizados en la elaboración del informe 72/14 (Anexos). Dicho informe de fondo fue notificado al Estado de Bolivia mediante comunicación de 23 de octubre de 2014, otorgándole un plazo de dos meses para informar sobre el cumplimiento de las recomendaciones. Señor Pablo Saavedra Alessandri, Secretario Corte Interamericana de Derechos Humanos Apartado 6906-1000 San José, Costa Rica

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