RESOLUCIÓN DE LA
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS ∗
DE 7 DE OCTUBRE DE 2019
CASO AMRHEIN Y OTROS VS. COSTA RICA
SUPERVISIÓN DE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA Y
REINTEGRO AL FONDO DE ASISTENCIA LEGAL DE VÍCTIMAS
VISTOS:
1.
La Sentencia de excepciones preliminares, fondo, reparaciones y costas (en
adelante “la Sentencia” o “el Fallo”) dictada por la Corte Interamericana de Derechos
Humanos (en adelante “la Corte”, “la Corte Interamericana” o “el Tribunal”) el 25 de
abril de 2018 1. La Corte declaró la responsabilidad internacional de la República de Costa
Rica (en adelante “el Estado” o “Costa Rica”) por la violación al derecho a la libertad
personal, en perjuicio del señor Jorge Martínez Meléndez 2. Durante el proceso penal
seguido en su contra, el señor Martínez Meléndez estuvo sometido a prisión preventiva.
La Corte consideró que la prisión preventiva se tornó arbitraria y excedió los límites
razonables debido a que, al resolver en el 2006 un recurso de habeas corpus interpuesto
por el señor Martínez Meléndez, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia
amplió los supuestos y condiciones de privación de la libertad contenidos en el Código
Procesal Penal, desatendiendo los requisitos de previsibilidad de la medida y sin un
adecuado control sobre la necesidad y razonabilidad del encierro preventivo. Al sujetar
la extensión de la prisión preventiva del señor Martínez Meléndez a la duración del
proceso penal y no a los fines legítimos de esta medida (asegurar que el imputado no
impidiera el desarrollo del procedimiento ni eludiera la acción de la justicia), la Sala
Constitucional convirtió la prisión preventiva en arbitraria 3. La Corte también concluyó
que el Estado no era responsable de la alegada violación a otros derechos humanos en
perjuicio del señor Martínez Meléndez y de otras presuntas víctimas 4. El Tribunal
estableció que su Sentencia constituye por sí misma una forma de reparación y,
adicionalmente, ordenó al Estado determinadas medidas de reparación (infra
Considerando 1).
La Jueza Elizabeth Odio Benito, de nacionalidad costarricense, no participó en la deliberación y firma de
la Sentencia del presente caso, ni en el conocimiento y deliberación de la presente Resolución, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 19.1 del Reglamento de la Corte.
1
Cfr. Caso Amrhein y otros Vs. Costa Rica. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas.
Sentencia de 25 de abril de 2018. Serie C No. 354. El texto íntegro se encuentra disponible en:
http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_354_esp.pdf. La Sentencia fue notificada el 10 de julio
de 2018.
2
Cfr. Caso Amrhein y otros Vs. Costa Rica, supra nota 1, punto declarativo 11.
3
Cfr. Caso Amrhein y otros Vs. Costa Rica, supra nota 1, párr. 367.
4
Cfr. Caso Amrhein y otros Vs. Costa Rica, supra nota 1, párrs. 255 a 345, 383 a 417, 390, 419 a 429,
436 a 456, 458 a 465 y 370 a 372, y puntos resolutivos 12 a 19.
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