6
medidas ordenadas por los órganos del sistema interamericano de protección de los
derechos humanos.
9.
De acuerdo a lo señalado por los familiares, los representantes indicaron que
Wilmer José Flores Barrios se disponía a trasladarse hacia la carretera nacional cuando
fue interceptado en la cercanía del río Guayabito, ubicado en la entrada del pueblo
Guanayen, por dos hombres vestidos de civil, con la cabeza tapada, quienes salieron de
un matorral en donde se encontraban escondidos. Al interceptarlo lo obligaron a bajarse
de la motocicleta en que se transportaba, le ordenaron que se arrodillara e
inmediatamente hicieron dos disparos, uno en su espalda y otro en el cuello. Caudy
Barrios, al oír los disparos, salió corriendo hacia el lugar y vio cuando los atacantes
huyeron a través del matorral. Posteriormente, Wilmer José fue trasladado hasta el
hospital de Camatagua donde ingresó sin signos vitales. Una unidad policial del estado
Guarico, en el instante de los hechos pasaba por el lugar, pero los funcionarios policiales
se negaron a trasladar a Wilmer José y no persiguieron a los agresores. Sin embargo,
escoltaron el vehículo donde fue transportada la víctima desde el lugar de los hechos
hasta el hospital y permanecieron allí hasta que se confirmó la muerte de ésta. En razón
de los hechos, los representantes solicitaron a la Corte que: a) mantenga las medidas
provisionales a favor de los beneficiarios; b) reitere al Estado su obligación de cumplir
con las medidas provisionales y adopte las medidas urgentes y efectivas al respecto; c)
solicite al Estado información inmediata sobre la alegada muerte de Wilmer José Flores
Barrios, y d) investigue de manera completa, imparcial y efectiva la alegada ejecución
extrajudicial de dicho beneficiario y sancione los responsables.
10.
Por otra parte, en su informe el Estado se refirió a diversas investigaciones
relacionadas con otros miembros de la familia Barrios, y señaló que respecto “a los
sucesos acaecidos en fecha 31 de agosto [(sic)] de 2010, donde resultara como víctima
quien en vida respondiera al nombre de Wilmer José Flores Barrios, la Fiscalía Décima
Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado de Aragua […] inició
la investigación correspondiente, al tener conocimiento […] que el día en referencia, en la
población de Guanayen, en el sector Guayabito […] personas aún por identificar
efectuaron disparos a la víctima, falleciendo cuando era trasladado al hospital del Sur,
ubicado en Camatagua”. Agregó que la causa se encuentra en la fase preparatoria.
B)
Sobre la situación general de los beneficiarios y la implementación de las
medidas ordenadas por la Corte
11.
En su informe de 11 de mayo de 2010, el Estado se refirió, en términos
generales, a la investigación relativa a la muerte de Narciso Barrios, en la cual el
Ministerio Público se encuentra a la espera de la notificación para la celebración del juicio
oral, cuya realización se ha dilatado por distintas circunstancias. En cuanto a los hechos
ocurridos el 25 de noviembre de 2008 en perjuicio de Jorge y Elvira Barrios, entre otros,
por la presunta privación ilegítima de libertad, lesiones y uso indebido de arma de fuego
por parte de supuestos funcionarios de la Policía del Estado Aragua, el tribunal
competente decretó el sobreseimiento solicitado por la Fiscal del Ministerio Público por
considerar que no surgieron suficientes elementos de convicción que pudieran
individualizar a los sujetos perpetradores de los hechos punibles. Asimismo, se refirió a
la investigación iniciada con ocasión del fallecimiento de Oscar José Barrios. Con respecto
a la presunta privación ilegítima de libertad en detrimento de Víctor Daniel Cabrera
Barrios por parte del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y de
la Policía de Aragua, el Estado mencionó que fue iniciada una investigación en relación a
dichos hechos.