6 medidas ordenadas por los órganos del sistema interamericano de protección de los derechos humanos. 9. De acuerdo a lo señalado por los familiares, los representantes indicaron que Wilmer José Flores Barrios se disponía a trasladarse hacia la carretera nacional cuando fue interceptado en la cercanía del río Guayabito, ubicado en la entrada del pueblo Guanayen, por dos hombres vestidos de civil, con la cabeza tapada, quienes salieron de un matorral en donde se encontraban escondidos. Al interceptarlo lo obligaron a bajarse de la motocicleta en que se transportaba, le ordenaron que se arrodillara e inmediatamente hicieron dos disparos, uno en su espalda y otro en el cuello. Caudy Barrios, al oír los disparos, salió corriendo hacia el lugar y vio cuando los atacantes huyeron a través del matorral. Posteriormente, Wilmer José fue trasladado hasta el hospital de Camatagua donde ingresó sin signos vitales. Una unidad policial del estado Guarico, en el instante de los hechos pasaba por el lugar, pero los funcionarios policiales se negaron a trasladar a Wilmer José y no persiguieron a los agresores. Sin embargo, escoltaron el vehículo donde fue transportada la víctima desde el lugar de los hechos hasta el hospital y permanecieron allí hasta que se confirmó la muerte de ésta. En razón de los hechos, los representantes solicitaron a la Corte que: a) mantenga las medidas provisionales a favor de los beneficiarios; b) reitere al Estado su obligación de cumplir con las medidas provisionales y adopte las medidas urgentes y efectivas al respecto; c) solicite al Estado información inmediata sobre la alegada muerte de Wilmer José Flores Barrios, y d) investigue de manera completa, imparcial y efectiva la alegada ejecución extrajudicial de dicho beneficiario y sancione los responsables. 10. Por otra parte, en su informe el Estado se refirió a diversas investigaciones relacionadas con otros miembros de la familia Barrios, y señaló que respecto “a los sucesos acaecidos en fecha 31 de agosto [(sic)] de 2010, donde resultara como víctima quien en vida respondiera al nombre de Wilmer José Flores Barrios, la Fiscalía Décima Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado de Aragua […] inició la investigación correspondiente, al tener conocimiento […] que el día en referencia, en la población de Guanayen, en el sector Guayabito […] personas aún por identificar efectuaron disparos a la víctima, falleciendo cuando era trasladado al hospital del Sur, ubicado en Camatagua”. Agregó que la causa se encuentra en la fase preparatoria. B) Sobre la situación general de los beneficiarios y la implementación de las medidas ordenadas por la Corte 11. En su informe de 11 de mayo de 2010, el Estado se refirió, en términos generales, a la investigación relativa a la muerte de Narciso Barrios, en la cual el Ministerio Público se encuentra a la espera de la notificación para la celebración del juicio oral, cuya realización se ha dilatado por distintas circunstancias. En cuanto a los hechos ocurridos el 25 de noviembre de 2008 en perjuicio de Jorge y Elvira Barrios, entre otros, por la presunta privación ilegítima de libertad, lesiones y uso indebido de arma de fuego por parte de supuestos funcionarios de la Policía del Estado Aragua, el tribunal competente decretó el sobreseimiento solicitado por la Fiscal del Ministerio Público por considerar que no surgieron suficientes elementos de convicción que pudieran individualizar a los sujetos perpetradores de los hechos punibles. Asimismo, se refirió a la investigación iniciada con ocasión del fallecimiento de Oscar José Barrios. Con respecto a la presunta privación ilegítima de libertad en detrimento de Víctor Daniel Cabrera Barrios por parte del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y de la Policía de Aragua, el Estado mencionó que fue iniciada una investigación en relación a dichos hechos.

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