3. Las Resoluciones de supervisión de cumplimiento de Sentencia emitidas por el Tribunal el 20 de noviembre de 20093 y 24 de noviembre de 20104. 4. Los informes presentados por el Estado entre noviembre de 2010 y septiembre de 2020. 5. Los escritos de observaciones presentados por los intervinientes comunes de los representantes de las víctimas5 entre noviembre de 2010 y octubre de 2020. 6. Los escritos de observaciones presentados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana” o “la Comisión”) entre junio de 2011 y julio de 2015. 7. La audiencia privada sobre supervisión de cumplimiento de la Sentencia, celebrada de manera virtual el 1 de octubre de 2020 durante el 137° Período Ordinario de Sesiones 6. 8. El informe presentado por el Estado el 25 de febrero de 2021. 9. Los escritos presentados por los intervinientes comunes de los representantes de las víctimas entre febrero y agosto de 2021, mediante los cuales se refirieron al cumplimiento de la Sentencia y presentaron observaciones al informe estatal (supra Visto 8). En los escritos presentados el 4 y 29 de abril de 2021, la señora Claudia Solis Martell informó sobre el fallecimiento del señor Ricardo Callirgos Tarazona, quien era uno de los tres intervinientes comunes de los representantes de las víctimas, y remitió el poder de representación de 26 víctimas anteriormente representadas por el mismo. Siguiendo instrucciones de la Presidenta, se autorizó la participación de la señora Solis Martell como interviniente común 7. CONSIDERANDO QUE: 1. En el ejercicio de su función jurisdiccional de supervisar el cumplimiento de sus decisiones 8, la Corte ha venido supervisando la ejecución de la Sentencia emitida en el presente caso hace más de 14 años (supra Visto 1). En la Sentencia, la Corte dispuso tres Cfr. Caso Trabajadores Cesados del Congreso (Aguado Alfaro y otros) Vs. Perú. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 20 de noviembre de 2009. Disponible en: https://www.corteidh.or.cr/docs/supervisiones/aguado_20_11_09.pdf. 4 Cfr. Caso Trabajadores Cesados del Congreso (Aguado Alfaro y otros) Vs. Perú. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 24 de noviembre de 2010. Disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/supervisiones/trabajadores_24_11_10.pdf. 5 Participan tres grupos de intervinientes comunes de los representantes de las víctimas: 1) Javier Mujica Petit y Francisco Ercilio Moura; 2) Adolfo Fernández Saré y Ruth Echevarría Suárez de Peña, y 3) Ricardo Callirgos Tarazona, quien falleció el 31 de marzo de 2021. 6 Debido a las circunstancias excepcionales ocasionadas por la pandemia COVID-19, esta audiencia fue celebrada de manera virtual durante el 137 Periodo Ordinario de Sesiones, el cual se llevó a cabo de forma no presencial, utilizando medios tecnológicos de conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Corte. A esta audiencia comparecieron: a) por las víctimas y sus representantes: Manuel Abad Carranza Rodríguez, Henry William Camargo Matencio, Máximo Jesús Atauje Montes, Ruth Cecilia Echevarría Suárez de Peña y Ricardo Julio Callirgos Tarazona; b) por el Estado: Carlos Miguel Reaño Balarezo, Procurador Público Especializado Supranacional; Carlos Llaja Villena, Katherine Lisett Carbajal Montes y Christian Adolfo Samillan Ley Cuen, Procurador Público Adjunto y abogados de la Procuraduría Pública Especializada Supranacional, respectivamente; Omar Kadafi Jesús Rojas Silva, abogado de la Procuraduría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Manuel Peña Tavera, Ricardo Meza Walder y Félix Rivera Lecaros, Procurador Público, Abogado del Departamento de Recursos Humanos, y Asesor de la Dirección General de Administración del Congreso de la República del Perú, respectivamente, y c) por la Comisión Interamericana: Marisol Blanchard, Secretaria Ejecutiva Adjunta de Peticiones y Casos, y Daniela Saavedra y Jorge Meza, abogados de la Secretaría. 7 La Comisión Interamericana no presentó sus observaciones al último informe estatal. 8 Facultad que además se desprende de lo dispuesto en los artículos 33, 62.1, 62.3 y 65 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 30 de su Estatuto, y se encuentra regulada en el artículo 69 de su Reglamento. 3 -2-

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