Finalmente, remarcó que el Estado podía dar cumplimiento a esta medida “dentro del
mecanismo creado a nivel interno para la búsqueda y localización de las personas
desaparecidas por medio de la Ley para Reparación de Víctimas y Judicialización”.
7.
Teniendo en cuenta que, según lo informado por el Estado, las gestiones relativas a la
búsqueda del paradero del señor Vásquez Durand están siendo llevadas a cabo en el marco
de la investigación penal por su desaparición forzada (infra Considerandos 8 y 9), esta Corte
analizará seguidamente ambas medidas de reparación.
A.2. Información y observaciones de las partes y la Comisión
8.
En marzo de 2021, el Estado indicó que la investigación por la desaparición forzada
del señor Vásquez Durand se encuentra “en etapa de investigación previa” 9. En cuanto a la
investigación, informó que se realizaron las siguientes diligencias: un peritaje “de contexto”
con el objetivo de “expli[car] el comportamiento de la sociedad ecuatoriana del año 1995,
desde la perspectiva de la existencia de un estado de excepción por emergencia vigente en
el país a consecuencia del impase limítrofe con la República del Perú”; se giró un oficio al
Consulado del Perú a los fines de obtener información sobre “gremios, asociaciones o grupos
de nacionalidad peruana” residiendo en Ecuador; se solicitó al Ministerio de Defensa Nacional
la remisión del “listado del personal militar que […] recibi[ó] condecoraciones a consecuencia
de su acción en la ‘guerra del Cenepa’ del año 1995, especificando beneficios entregados así
como la motivación por la cual le[s] fueron conferidos”; se mantuvo una reunión con
determinado Comandante, con la finalidad de “recabar información clasificada respecto a la
conformación de grupos de inteligencia y contra inteligencia en el periodo de duración del
conflicto armado entre Perú y Ecuador”; personal de la fiscalía se trasladó a las instalaciones
del “BITMOT Bolívar”, de la ciudad de Machala, a fin de realizar entrevistas y recabar
información sobre los sitios de mayor incidencia del conflicto bélico durante la guerra del
Cenepa, con la finalidad de identificar áreas de mayor intervención militar, y se solicitó al
Alcalde de Santa Rosa informar si existen “restos mortales de sexo masculino no identificados
que hayan sido sepultados en los diferentes cementerios públicos o privados de su
jurisdicción”10. Además, el Estado refirió que, en marzo de 2018, el fiscal a cargo de la
investigación, solicitó asistencia internacional a la Fiscalía General de la Nación peruana para:
(i) recabar tres testimonios sobre la “actividad profesional, económica y laboral que
cotidianamente realizaba” la víctima, así como los lugares que frecuentaba, sus “relaciones
fraternales, maritales, filiales [y] comerciales”, cuánto tiempo hacía que conocían al señor
Vásquez Durand, las circunstancias en que lo conocían, y las actividades comerciales que los
declarantes ejecutaban; (ii) que se realice una “pericia de entorno social y familiar” con el fin
de “dejar sentado que existe una ausencia en la familia y cuál fue el impacto de la misma
luego de [su] desaparición”; (iii) que se verifiquen los datos registrados a nombre de la
víctima en Perú; (iv) solicitar el envío de los registros de antecedentes judiciales de la víctima,
y (v) que informen sobre “las gestiones emprendidas en cuanto a [su] búsqueda” en territorio
Ecuador también refirió que, debido a esto, la investigación se encuentra bajo reserva. Sin embargo, no
solicitó reserva o confidencialidad respecto de las diligencias informadas ante esta Corte.
10
Ecuador también indicó que “[s]e solicitó información relacionada con reportes telefónicos, datos generales,
registro de llamadas y mensajes entrantes y salientes”, pero no precisó a qué organismo se realizó la solicitud ni
respecto de quién o quienes. Además, refirió que “[s]e mantendrán las coordinaciones con la Dirección Nacional de
Delitos contra la Vida, Muertes Violentas, Desapariciones (DINASED) de El Oro para efectuar la búsqueda y
localización de los miembros militares del Grupo de Caballería Mecanizada Nº 12 Teniente Hugo Ortiz, con la finalidad
de que aporten con datos relevantes para la investigación”, y “[s]e insistirá en recabar información de oficinas
gubernamentales, administrativas seccionales y registros pertinentes que no han cumplido en remitir información
solicitada”.
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