Finalmente, remarcó que el Estado podía dar cumplimiento a esta medida “dentro del mecanismo creado a nivel interno para la búsqueda y localización de las personas desaparecidas por medio de la Ley para Reparación de Víctimas y Judicialización”. 7. Teniendo en cuenta que, según lo informado por el Estado, las gestiones relativas a la búsqueda del paradero del señor Vásquez Durand están siendo llevadas a cabo en el marco de la investigación penal por su desaparición forzada (infra Considerandos 8 y 9), esta Corte analizará seguidamente ambas medidas de reparación. A.2. Información y observaciones de las partes y la Comisión 8. En marzo de 2021, el Estado indicó que la investigación por la desaparición forzada del señor Vásquez Durand se encuentra “en etapa de investigación previa” 9. En cuanto a la investigación, informó que se realizaron las siguientes diligencias: un peritaje “de contexto” con el objetivo de “expli[car] el comportamiento de la sociedad ecuatoriana del año 1995, desde la perspectiva de la existencia de un estado de excepción por emergencia vigente en el país a consecuencia del impase limítrofe con la República del Perú”; se giró un oficio al Consulado del Perú a los fines de obtener información sobre “gremios, asociaciones o grupos de nacionalidad peruana” residiendo en Ecuador; se solicitó al Ministerio de Defensa Nacional la remisión del “listado del personal militar que […] recibi[ó] condecoraciones a consecuencia de su acción en la ‘guerra del Cenepa’ del año 1995, especificando beneficios entregados así como la motivación por la cual le[s] fueron conferidos”; se mantuvo una reunión con determinado Comandante, con la finalidad de “recabar información clasificada respecto a la conformación de grupos de inteligencia y contra inteligencia en el periodo de duración del conflicto armado entre Perú y Ecuador”; personal de la fiscalía se trasladó a las instalaciones del “BITMOT Bolívar”, de la ciudad de Machala, a fin de realizar entrevistas y recabar información sobre los sitios de mayor incidencia del conflicto bélico durante la guerra del Cenepa, con la finalidad de identificar áreas de mayor intervención militar, y se solicitó al Alcalde de Santa Rosa informar si existen “restos mortales de sexo masculino no identificados que hayan sido sepultados en los diferentes cementerios públicos o privados de su jurisdicción”10. Además, el Estado refirió que, en marzo de 2018, el fiscal a cargo de la investigación, solicitó asistencia internacional a la Fiscalía General de la Nación peruana para: (i) recabar tres testimonios sobre la “actividad profesional, económica y laboral que cotidianamente realizaba” la víctima, así como los lugares que frecuentaba, sus “relaciones fraternales, maritales, filiales [y] comerciales”, cuánto tiempo hacía que conocían al señor Vásquez Durand, las circunstancias en que lo conocían, y las actividades comerciales que los declarantes ejecutaban; (ii) que se realice una “pericia de entorno social y familiar” con el fin de “dejar sentado que existe una ausencia en la familia y cuál fue el impacto de la misma luego de [su] desaparición”; (iii) que se verifiquen los datos registrados a nombre de la víctima en Perú; (iv) solicitar el envío de los registros de antecedentes judiciales de la víctima, y (v) que informen sobre “las gestiones emprendidas en cuanto a [su] búsqueda” en territorio Ecuador también refirió que, debido a esto, la investigación se encuentra bajo reserva. Sin embargo, no solicitó reserva o confidencialidad respecto de las diligencias informadas ante esta Corte. 10 Ecuador también indicó que “[s]e solicitó información relacionada con reportes telefónicos, datos generales, registro de llamadas y mensajes entrantes y salientes”, pero no precisó a qué organismo se realizó la solicitud ni respecto de quién o quienes. Además, refirió que “[s]e mantendrán las coordinaciones con la Dirección Nacional de Delitos contra la Vida, Muertes Violentas, Desapariciones (DINASED) de El Oro para efectuar la búsqueda y localización de los miembros militares del Grupo de Caballería Mecanizada Nº 12 Teniente Hugo Ortiz, con la finalidad de que aporten con datos relevantes para la investigación”, y “[s]e insistirá en recabar información de oficinas gubernamentales, administrativas seccionales y registros pertinentes que no han cumplido en remitir información solicitada”. 9 -4-

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