RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENTA DE LA
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
19 DE ABRIL DE 2024
CASO HIDALGO Y OTROS VS. ECUADOR
VISTO:
1.
El escrito de sometimiento del caso y el Informe de Fondo de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana” o “la
Comisión”); los escritos de solicitudes, argumentos y pruebas (en adelante, el “escrito
de solicitudes y argumentos”) de los representantes y las Defensoras Públicas
Interamericanas que representan a las presuntas víctimas 1; el escrito de reconocimiento
de responsabilidad y de contestación al sometimiento del caso y a los escritos de
solicitudes y argumentos (en adelante “escrito de contestación”) de la República del
Ecuador (en adelante “el Estado” o “Ecuador”), la documentación anexa, así como los
escritos de observaciones al reconocimiento de responsabilidad presentados por las
Defensoras Públicas Interamericanas y la Comisión Interamericana.
2.
La solicitud de las Defensoras Públicas Interamericanas de acogerse al Fondo de
Asistencia Legal de Víctimas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en
adelante también “Fondo” o “Fondo de Asistencia Legal de Víctimas”), presentada en su
escrito de solicitudes y argumentos.
3.
El escrito de 12 de marzo del 2024, mediante el cual las Defensoras
Interamericanas presentaron su lista definitiva de declarantes. Los representantes no
presentaron la lista de declarantes.
4.
El Estado y la Comisión no ofrecieron declarantes y tampoco presentaron
observaciones a la lista definitiva remitida por las Defensoras Interamericanas.
CONSIDERANDO QUE:
1.
El ofrecimiento y la admisión de la prueba, así como la citación de presuntas
víctimas, testigos y peritos se encuentran regulados en los artículos 35.1.f, 40.2.c,
41.1.c, 46, 47, 48, 50, 52.3 y 57 del Reglamento de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos (en adelante, “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”).
2.
En su escrito de solicitudes y argumentos (supra Visto 1) las Defensoras Públicas
1
En el presente caso existen dos grupos de presuntas víctimas cada una con su respectiva
representación. En primer lugar, las presuntas víctimas Washington Miguel Hidalgo Pacheco, Gustavo Adolfo
Hidalgo Bravo, María Alejandra Hidalgo Bravo y Alonso Lucas Hidalgo son representadas por las Defensoras
Públicas Interamericanas María Cristina Meneses, Elizabeth del Rosario Rodríguez y Yolanda Yinde Martínez
(en adelante “las Defensoras Públicas Interamericanas”). En segundo lugar, la presunta víctima Maryury
Monserrate Hidalgo Pacheco es representada por Enry Salín Alcívar Zambrano y Enry Alejandro Alcívar
Bermúdez.
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