RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENTA DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS 19 DE ABRIL DE 2024 CASO HIDALGO Y OTROS VS. ECUADOR VISTO: 1. El escrito de sometimiento del caso y el Informe de Fondo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana” o “la Comisión”); los escritos de solicitudes, argumentos y pruebas (en adelante, el “escrito de solicitudes y argumentos”) de los representantes y las Defensoras Públicas Interamericanas que representan a las presuntas víctimas 1; el escrito de reconocimiento de responsabilidad y de contestación al sometimiento del caso y a los escritos de solicitudes y argumentos (en adelante “escrito de contestación”) de la República del Ecuador (en adelante “el Estado” o “Ecuador”), la documentación anexa, así como los escritos de observaciones al reconocimiento de responsabilidad presentados por las Defensoras Públicas Interamericanas y la Comisión Interamericana. 2. La solicitud de las Defensoras Públicas Interamericanas de acogerse al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante también “Fondo” o “Fondo de Asistencia Legal de Víctimas”), presentada en su escrito de solicitudes y argumentos. 3. El escrito de 12 de marzo del 2024, mediante el cual las Defensoras Interamericanas presentaron su lista definitiva de declarantes. Los representantes no presentaron la lista de declarantes. 4. El Estado y la Comisión no ofrecieron declarantes y tampoco presentaron observaciones a la lista definitiva remitida por las Defensoras Interamericanas. CONSIDERANDO QUE: 1. El ofrecimiento y la admisión de la prueba, así como la citación de presuntas víctimas, testigos y peritos se encuentran regulados en los artículos 35.1.f, 40.2.c, 41.1.c, 46, 47, 48, 50, 52.3 y 57 del Reglamento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante, “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”). 2. En su escrito de solicitudes y argumentos (supra Visto 1) las Defensoras Públicas 1 En el presente caso existen dos grupos de presuntas víctimas cada una con su respectiva representación. En primer lugar, las presuntas víctimas Washington Miguel Hidalgo Pacheco, Gustavo Adolfo Hidalgo Bravo, María Alejandra Hidalgo Bravo y Alonso Lucas Hidalgo son representadas por las Defensoras Públicas Interamericanas María Cristina Meneses, Elizabeth del Rosario Rodríguez y Yolanda Yinde Martínez (en adelante “las Defensoras Públicas Interamericanas”). En segundo lugar, la presunta víctima Maryury Monserrate Hidalgo Pacheco es representada por Enry Salín Alcívar Zambrano y Enry Alejandro Alcívar Bermúdez. 1

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