47. Luego de ser detenido, los agentes policiales llevaron al señor Montesinos a su domicilio y lo mantuvieron retenido dentro del vehículo policial por aproximadamente dos horas25. En su domicilio se decomisaron distintos armamentos26. B. Prisión Preventiva del señor Montesinos 48. El 25 de junio de 1992, el señor Montesinos rindió su declaración ante la Dirección Nacional de Investigaciones sin contar con representante legal 27. En dicha declaración indicó que mientras trabajaba como supervisor de la hacienda “El Prado” conoció a la señora Daira Levoyer, la cual, días previos a su detención, envió a dos personas a su domicilio para dejar diversos armamentos en su custodia28. Luego de su detención fue llevado a una celda de aproximadamente 11 metros cuadrados custodiada por dos guardias, donde se encontraban cerca de 13 personas más29. 49. El señor Montesinos denunció que, el 23 de julio de 1992, 25 miembros del Grupo de Intervención y Rescate de la Policía Nacional habrían golpeado tanto a él como a otros detenidos, mientras se encontraban en el patio del centro de detención Regimiento Quito No. 2. Ese mismo día fue trasladado al Centro de Rehabilitación Social No. 1 con los ojos y boca cubiertos con cinta adhesiva y amarrado de manos por detrás de la espalda durante todo el traslado30. Alegó haber estado incomunicado y aislado desde su detención hasta el 28 de julio de 199231. 50. El 11 de julio de 1992 se emitió una boleta constitucional de encarcelamiento en la cual se dispuso mantener preso al señor Montesinos, pues se encontraba procesado por los delitos de conversión y transferencia de bienes 32. 51. El 13 de agosto de 1992 se emitió una segunda boleta de encarcelamiento, la cual dispuso que, de acuerdo con el artículo 177 del Código de Procedimiento Penal, se debía mantener al señor Montesinos en prisión preventiva33. 25 Comunicación de la parte peticionaria del 30 de agosto de 1996 (expediente de prueba, folio 23). Parte elevado al Jefe de la Oficina de Investigación del Delito. Dentro de la comunicación se enlistaron los siguientes armamentos: Dentro de los armamentos encontrados constan: un revólver marca Smith Wesson, cal. 38 especial, cañón corto, No. D9792276 - AWT8046 más 28 cartuchos calibre 38; un revólver marca Smith Wesson, cañón corto, cal. 38, No. B1811788 – 2001096; una pistola marca Beretta, de fabricación italiana, calibre 380. No. 425P202136 más dos alimentadoras con 25 cartuchos cal. 38; una pistola Browning, cal. 9mm, No. T0393. 2 alimentadoras con 13 cartuchos calibre 9mm; un fusil de asalto marca Beretta, calibre 2.23, de fabricación italiana No. M31303 patente No. 909566, 2 alimetnadoras con 13 cartuchos calibre 2.23; una escopeta Mosberg calibre 12 No. J888993; una escopeta Mosberg calibre 12 niquelada, No K679676; una escopeta Mosberg calibre 12 niquelada, No K684074; una escopeta Mosberg calibre 12, con cargador de cilindro No. 102664; una escopeta cal. 16, doble cañón, No. 598381, marca Gwehrlsufs; una escopeta cal. 16, fabricación española s/n; una escopeta cal. 22, maca Sauage, USA, Mod. 987, No. E920747; una escopeta cal. 22, fabricación alemana, Marca DIANA con 2 miras telescópicas, un cuchillo marca Wonka conestuche; 1 machete con estuche; 79 cartuchos cal. 12; 65 cartuchos cal. 9 mm; 4 cartuchos cal. 16 (expediente de prueba, folio 18 y 2089). 27 Declaración del señor Mario Alfonso Montesinos Mejía recibida por la Dirección Nacional de Investigaciones, Jefatura/Sub Jefatura de interpol Pichincha. Dentro del Caso N° P1-142-JPEIP-CP-1-92 (expediente de prueba, folio 56). 28 Declaración del señor Mario Alfonso Montesinos Mejía recibida por la Dirección Nacional de Investigaciones, Jefatura/Sub Jefatura de interpol Pichincha. Dentro del Caso N° P1-142-JPEIP-CP-1-92 (expediente de prueba, folio 58). 29 Comunicación de la parte peticionaria del 30 de agosto de 1996 (expediente de prueba, folio 23). 30 Comunicación de la parte peticionaria del 30 de agosto de 1996 (expediente de prueba, folio 25). 31 Declaración mediante affidavit del señor Rafael Iván Suárez Rosero de 7 de agosto de 2019 (expediente de prueba, folio 2895-2896). 32 Boleta Constitucional de Encarcelamiento N° 172-IGPP-04 emitida en Quito el 11 de julio de 1992 (expediente de prueba, folio 62). 33 Boleta Constitucional de Encarcelamiento N° 089-92-EC emitida el 13 de agosto de 1992 por la Jueza Primera de lo Penal de Pichincha (expediente de prueba, folio 64). 26 12

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