RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA
CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
21 DE MARZO DE 2023
CASO COMUNIDADES QUILOMBOLAS DE ALCÂNTARA
VS. BRASIL
VISTO:
1.
El escrito de sometimiento del caso y el Informe de Fondo de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana” o “la
Comisión”); el escrito de solicitudes, argumentos y pruebas (en adelante el “escrito de
solicitudes y argumentos”) de los representantes de las presuntas víctimas 1 (en adelante “los
representantes”); y el escrito de excepciones preliminares y de contestación al sometimiento
del caso y al escrito de solicitudes y argumentos (en adelante “escrito de contestación”) de
la República Federativa de Brasil (en adelante “Brasil” o “el Estado”), y la documentación
anexa a esos escritos, así como los escritos de observaciones a las excepciones preliminares
presentados por los representantes y la Comisión, respectivamente.
2.
La comunicación de 13 de enero de 2023, mediante la cual el Estado solicitó una
prórroga del plazo, hasta el 30 de enero de 2023, para presentar su lista definitiva de
declarantes.
3.
La nota de Secretaría de 19 de enero de 2023, mediante la cual, siguiendo
instrucciones de la Presidencia, se concedió al Estado la ampliación del plazo para presentar
su lista definitiva de declarantes, y se extendió la ampliación en referencia a los
representantes y a la Comisión Interamericana.
4.
Las listas definitivas de declarantes presentadas por las partes 2 y la Comisión, así como
la solicitud de sustitución de una testigo ofrecida por el Estado.
5.
Los escritos de 24 de febrero de 2023, mediante los cuales los representantes y la
Comisión, respectivamente, indicaron que no tenían observaciones en cuanto a las listas
definitivas de declarantes y la solicitud de sustitución de testigo del Estado.
6.
Los escritos de 24 y 27 de febrero de 2023, mediante los cuales el Estado solicitó un
plazo adicional hasta el 1 de marzo de 2023 para presentar sus observaciones a las listas
definitivas de declarantes de los representantes.
7. La nota de Secretaría de 1 de marzo de 2023, mediante la cual se recordó al Estado que,
1
La representación de las presuntas víctimas es ejercida por el Movimiento de los Afectados por la Base
Espacial (MABE), la Defensoría Pública de la Unión, la Sociedad “Maranhense” de Derechos Humanos, la Justicia
Global y la Federación de los Trabajadores Rurales Agricultores y Agricultoras Familiares del estado de Maranhão.
2
El Estado en su contestación ofreció como prueba testimonial a 34 declarantes, solicitando que se
considerara de manera prioritaria la declaración testimonial de seis personas, teniendo en cuenta que la cantidad
ofrecida es mayor a la que se acostumbra. Finalmente, en la lista definitiva de declarantes ratificó el ofrecimiento del
testimonio de 14 personas. Debido a lo anterior, esta Presidencia entiende que el Estado ha desistido a su
ofrecimiento original de 34 declarantes, señalado en su escrito de contestación.