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de derechos humanos, en particular del medio ambiente (supra Considerandos 5 y 7); y iii)
reparaciones relativas a la obligación de investigar, juzgar y, de ser el caso, sancionar 24.
Como fue indicado en el Considerando 3, la presente Resolución se ocupa de la supervisión
conjunta de las reparaciones de dos de esos casos.
9.
Dicha audiencia fue celebrada ante el pleno de la Corte y participaron: i) el señor
César Luna, víctima en uno de los casos; ii) los representantes de las víctimas, provenientes
de diversas organizaciones de la sociedad civil tales como: el Equipo de Reflexión,
Investigación y Comunicación de la Compañía de Jesús de Honduras (ERIC); el Comité de
Familiares de Detenidos Desaparecidos en Honduras (COFADEH); el Centro de Prevención,
Tratamiento y Rehabilitación de Víctimas de Tortura (CPTRT); la Organización Fraternal
Negra Hondureña (OFRANEH); Casa Alianza Honduras; CARITAS-Honduras, y el Centro por
la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) 25; iii) funcionarios de diversas instituciones del
Estado de Honduras tales como: la Procuraduría General de la República; el Instituto
Nacional Penitenciario; la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad; la Secretaría
de Justicia, Derechos Humanos, Gobernación y Descentralización; el Ministerio Público y la
Corte Suprema de Justicia26; y iv) abogados de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión
Interamericana27.
10.
Resulta de vital importancia que Honduras haya colaborado para que el Tribunal
pudiera efectuar esta audiencia de supervisión en territorio de dicho Estado, colaboración
que brindó inclusive en el marco del período de sesiones celebrado por este Tribunal en
Honduras. La Corte destaca la necesidad de que los Estados asuman este tipo de actitud en
la etapa de supervisión de cumplimiento de sentencia, dirigida a que se realicen audiencias
y otras diligencias en su territorio, con la mayor participación posible de funcionarios
responsables de ejecutar las reparaciones y la mejor disponibilidad para asumir
compromisos dirigidos al pronto cumplimiento de las mismas. Además, la realización de esta
Álvarez); iii) adoptar las medidas legislativas, administrativas y de cualquier otra índole necesarias para mejorar
sustancialmente las condiciones de los centros penitenciarios, adecuándolas a los estándares internacionales, a fin
de prevenir principalmente incendios y otras situaciones críticas, así como evitar la sobrepoblación y el
hacinamiento (caso Pacheco Teruel y otros); iv) implementar medidas de carácter inmediato tendientes a
garantizar los derechos fundamentales de los reclusos, así como medidas de prevención de siniestros en los
diferentes centros señalados en la Sentencia (caso Pacheco Teruel y otros); y, v) implementar programas de
capacitación al personal civil y policial de los centros penales, y planes de emergencia y evacuación en caso de
incendios u otras catástrofes (caso Pacheco Teruel y otros).
24
Reparaciones relativas a la obligación de investigar, juzgar y, de ser el caso, sancionar, ordenadas en los
casos Juan Humberto Sánchez, López Álvarez, Servellón García y otros, Kawas Fernández y Pacheco Teruel y otros.
25
Por las víctimas y sus representantes participaron: i) César Luna, víctima del caso Luna López; ii) Joaquín
Mejía, del Equipo de Reflexión, Investigación y Comunicación de la Compañía de Jesús de Honduras (ERIC); iii)
Bertha Oliva De Nativí, Andreé-Anne Perreault Girard, Meri Argucia, Karol Cárdenas y Lorena Suyapa Rubí Lanza,
del Comité de Familiares de Detenidos Desaparecidos en Honduras (COFADEH); iv) Juan Almendarez y Alba
Medina, del Centro de Prevención, Tratamiento y Rehabilitación de Víctimas de Tortura (CPTRT); v) Miriam Miranda
y Alfredo López, de la Organización Fraternal Negra Hondureña (OFRANEH); vi) José Guadalupe Ruedas y Ubaldo
Herrera, de Casa Alianza Honduras; vii) Heydi López, representante de las víctimas del caso Luna López; viii)
Nelmy Rodas, Carlos Paz, Isis Perdomo y Zobeida Mendoza, de CARITAS-Honduras; ix) Marcia Aguiluz, Samantha
Colli, Alfredo Ortega e Ilse Chango, del Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL).
26
Por el Estado participaron: Jorge Abilio Serrano Villanueva, Sub Procurador General de la República y
Coordinador del Grupo de Trabajo Institucional en Materia de Derechos Humanos y Agente alterno; Eblin Andino
Sabillón, Asistente del Sub Procurador General de la República; José Antonio Flores, Secretario General, Instituto
Nacional Penitenciario; Gustavo Urrutia, Gerente Administrativo, Instituto Nacional Penitenciario; German Mcniel,
de la Oficina de Derechos Humanos, Instituto Nacional Penitenciario; Mónica Reyes, Departamento de
Infraestructura, Instituto Nacional Penitenciario; Sagrario Prudott, Secretaría de Estado en el Despacho de
Seguridad; Félix Alejandro Maldonado Jiménez, Sub Comisionado; Juan Aguilar Godoy, Sub Comisionado; Karla
Cueva, Vice Ministra de la Secretaría de Justicia, Derechos Humanos, Gobernación y Descentralización; Gina
Aronne, de la Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización; Irsa Rojas de la
Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización; Ana Raquel Ortez, Procuraduría
General de la República; Soraya Morales, Fiscal Especial de Derechos Humanos del Ministerio Público; Ligia
Pitsikalis Midence, Coordinadora de la Unidad de Convenios y Asuntos Internacionales de la División Legal del
Ministerio Público y María Luisa Ramos, Magistrada de la Corte Suprema de Justicia.
27
Por la Comisión Interamericana participaron: Jorge H. Meza Flores y Erick Acuña.