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G.
La Comuna 13, y los defensores y defensoras de derechos humanos
160. En la Comuna 13 funcionaban para el 2002, más de veinte Juntas de Acción Comunal, y
de treinta organizaciones de distinta naturaleza, incluyendo asociaciones cívicas, grupos de mujeres, y
organizaciones que trabajan en la defensa de los derechos humanos152.
161. La Asociación de Mujeres de Las Independencias es una organización constituida desde
el 1999, que agrupa a mujeres cabezas de hogar con el propósito de obtener el reconocimiento social
de la mujer153. Constituye parte de la reconocida Red de Organizaciones de Mujeres en Colombia y en
América Latina – Ruta Pacífica de las Mujeres. Entre sus objetivos, se encuentran: 1) promover el
reconocimiento humano y social de la mujer; 2) promover los derechos humanos de la mujer, desde una
visión de equidad; 3) mejorar la calidad de vida de las mujeres a partir de la creación de programas de
mejoramiento de ingresos y de generación de empleo; y 4) desarrollar programas específicos dirigidos a
mejorar la calidad de vida de las mujeres cabeza de familia, entre otros154.
162. La CIDH estableció en la etapa de admisibilidad que la Junta de Acción Comunal objeto
de este asunto es “una organización cívica, social y comunitaria de gestión social, sin ánimo de lucro, de
naturaleza solidaria, con personería jurídica y patrimonio propio, integrada voluntariamente por los
residentes de un lugar que aúnan esfuerzos y recursos para procurar un desarrollo integral, sostenible y
sustentable con fundamento en el ejercicio de la democracia participativa en la gestión de desarrollo de
la comunidad”155.
163. La Defensoría del Pueblo de Colombia identificó a los y las líderes y representantes de
los grupos comunitarios de la Comuna 13 como necesitados de especial protección, como “producto de
las condiciones de vulnerabilidad frente a acciones violentas de los actores armados al margen de la
ley”156. Describió como los mecanismos de participación y autonomía organizacional se han constituido
en un factor de amenaza ante la hegemonía de actores armados ilegales – en el pasado las milicias, y
posteriormente las Autodefensas157. Indicó la Defensoría como estos riesgos recaen principalmente en
los líderes y representantes comunitarios, los cuales ante la negativa de sometimiento ante un nuevo
poder barrial son objetos de ataque158.
152
Panorama de Derechos Humanos, Noche y Niebla y Violencia Política en Colombia, Caso Tipo No. 2: Comuna 13,
Banco de Datos de Violencia Política CINEP & Justicia y Paz, Bogotá, Mayo 2003, página 81.
153
Anexo 30. Certificado de Existencia y Representación de Entidades sin Ánimo de Lucro, Cámara de Comercio de
Medellín para Antioquia, Asociación de Mujeres de las Independencias (AMI), página 1.
154
Anexo 30. Certificado de Existencia y Representación de Entidades sin Ánimo de Lucro, Cámara de Comercio de
Medellín para Antioquia, Asociación de Mujeres de las Independencias, (AMI), página 1.
155
CIDH, Informe No. 3/07, Petición 1145-2004, Admisibilidad, Miryam Eugenia Rúa Figueroa y Otros (Comuna 13),
Colombia, 27 de febrero de 2007, nota 15, haciendo referencia al artículo 8 de la Ley 745 de 2002 y su reglamento, el Decreto
2350 de 2003.
156
Anexo 48. Informe de Riesgo N˚ 009-07, Defensoría del Pueblo de Colombia, página 3.
157
Anexo 48. Informe de Riesgo N˚ 009-07, Defensoría del Pueblo de Colombia, página 13.
158
Anexo 48. Informe de Riesgo N˚ 009-07, Defensoría del Pueblo de Colombia, página 13.