4 4. Requerir al Estado que remita, de considerarlo pertinente y en el plazo improrrogable que vence el 31 de enero de 2013, las preguntas que estime oportunas formular a través de la Corte Interamericana al testigo Dennis Cerezo Cervantes. La declaración requerida en el punto resolutivo tercero deberá ser presentada a más tardar el 11 de febrero de 2013. 5. Requerir al representante y la Secretaría del Tribunal que coordinen y realicen las diligencias necesarias para que, una vez recibidas las respectivas preguntas del Estado, el declarante incluya las respuestas respectivas en su declaración rendida ante fedatario público. 6. Determinar que el Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de la Corte Interamericana estará asignado para cubrir los gastos de viaje y estadía necesarios para que la señora Melba Suárez Peralta comparezca al Tribunal y pueda rendir su declaración ante la audiencia pública, y para cubrir los costos de rendición y envío del afidávit del señor Cerezo Cervantes y de otros dos declarantes a criterio del representante. 7. Disponer que la Secretaría de la Corte notifique la presente Resolución al representante de las presuntas víctimas, al Estado y a la Comisión Interamericana.

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